Opinión

Trancazo de la SCJN a Alejandro Gertz Manero

En un comunicado emitido el lunes 28 de marzo por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se señala: “la Suprema Corte determinó que la orden de aprehensión y el auto de formal prisión dictados en contra de Laura Morán y Alejandra Cuevas, respectivamente, son inconstitucionales, ya que la autoridad no acreditó los requisitos que establece la Constitución para ello.” Esta resolución tiene múltiples implicaciones.

Vale la pena resaltar que la Sala Superior de la SCJN, tomó esta decisión por unanimidad; es decir, como cuerpo colegiado, los ministros de la Suprema Corte cerraron filas ante lo que era un acto, a todas luces, ilegal. De esta manera mostraron que las triquiñuelas urdidas por Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República (FGR), para influir en la determinación de los ministros no surtieron efecto. Estas artimañas se hicieron públicas al darse a conocer, el 4 de marzo, tres conversaciones telefónicas que Gertz Manero sostuvo con Juan Ramos López, fiscal especializado de control de la (FGR). En las pláticas sostenidas con su subordinado, salpicadas de improperios, el Fiscal General se refiere a que ya tenía en su poder el proyecto de resolución elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán. Este hecho constituye un delito en vista de que ninguna persona excepto los ministros de la SCJN y sus asesores deberían conocer previamente esa resolución.

Conviene señalar que la resolución de Pérez Dayán fue presentada ante el Pleno de la Suprema Corte el 14 de marzo; se acordó ir al fondo de asunto por lo cual se encargó al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena trabajar sobre una nueva resolución. Ese nuevo proyecto se presentó el lunes pasado.

El meollo del asunto es que, Alejandro Gertz Manero, acusó a la pareja de su hermano, Laura Morán y a la hija de ésta, de haber sido culpables de la muerte de Federico Gertz Manero, acaecida el 27 de septiembre de 2015. Tal acusación fue desechada en dos ocasiones (el 6 de abril de 2016 y el 27 de octubre de 2016); no obstante, se reactivo ya siendo Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, contando con la ayuda de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

El 2 de octubre de 2020, se giró orden de aprehensión contra Laura Morán y Alejandra Cuevas, quien fue detenida, vinculada a proceso y puesta en prisión preventiva.

“El 17 de diciembre de 2021, a más de un año en prisión, una jueza federal emitió dos sentencias de amparo de más de 250 páginas cada una, en las que analizó el medio centenar de pruebas con las que la fiscalía de la CDMX acusó a las dos mujeres del delito de homicidio doloso de Federico Gertz.

“En su resolución, la jueza Patricia Marcela Díaz Serda determinó que el proceso penal estaba plagado de irregularidades y de contradicciones, y que no aportaba pruebas suficientes para sostener la acusación del fiscal. Entre los argumentos, la jueza explicó que ninguna de las pruebas confirma, explica, ni prueba cómo es que las dos mujeres habrían dejado morir a Federico Gertz.” (Animal Político, “Cronología del caso Gertz-Cuevas” 28/03/2022).

Empero, los amparos fueron impugnados por Alejandro Gertz Manero, quien solicitó que la SCJN atrajera el caso, lo cual sucedió con 8 votos a favor de 11 ministros que conforman el Pleno de la Suprema Corte. El ministro presidente Arturo Zaldívar, argumentó que el caso se debía ventilar en la SCJN en virtud de que en el proceso la justicia capitalina había recibido influencias “indebidas” y, además, porque este asunto estaba “desgastando” la imagen de la FGR.

No obstante, “el tiro le salió por la culata” a Alejandro Gertz Manero: la SCJN le asestó un revés jurídico al Fiscal General de la República pero, además, lo deja muy mal parado frente a la opinión pública.

En el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se enfatiza que la acusación de homicidio no se sostiene en pie: “que ambas mujeres sí trataron de colaborar en los cuidados del hermano del fiscal, y que, básicamente, la acusación estaba sustentada en el ‘estereotipo discriminatorio’ de la mujer como ‘cuidadora’ de los hombres, cuyo estado de salud, además, ya estaba muy deteriorado.”

Un dato que muchos han pasado por alto es que Federico Gertz Manero no murió en su casa, sino en un hospital al cual lo llevó su hermano Alejandro; estuvo internado allí alrededor de un mes.

El caso Morán-Cuevas es un verdadero y propio abuso de poder. Alejandro Gertz Manero utiliza su puesto no para procurar el interés general, sino para ocuparse de sus intereses particulares.

Vale la pena repetir el dato que señalé en mi artículo “La 4T se está cuarteando. La carta de Julio Scherer. 26/03/2022): “En la Reforma Constitucional de la Fiscalía General de la República, del 29 de agosto de 2017, en el punto cuatro se habla de la remoción del Fiscal. Allí se dice que es facultad del Senado de la República ‘remover al Fiscal General mediante voto de la mayoría calificada.’ Y agrega: ‘El proceso de remoción lo puede iniciar el Ejecutivo o bien una tercera parte del Senado.” No obstante, hay un punto de suma importancia…se refiere a la destitución: “Con independencia de la posibilidad de la remoción, se indica que el Fiscal General puede ser destituido por causa de responsabilidad penal o administrativa grave, en consonancia con el Sistema Nacional Anticorrupción.” Allí caben tanto la forma ilegal en que obtuvo la ponencia del ministro Pérez Dayán, como las posibles influencias “indebidas” ejercidas hacia la justicia capitalina, la cual, por cierto, tendrá que ser investigada por las irregularidades cometidas en el caso Morán-Cuevas. 

Foto: Especial

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