
Este lunes 19 de octubre de 2026 se ha dado a conocer mediante una orden judicial que Mariah Carey ha ganado la demanda de 20 millones de dólares por difamación interpuesta por su hermano Morgan Carey.
De acuerdo a la Corte Suprema del estado de Nueva York, el demandante no logró demostrar que Mariah Carey haya actuado con dolo para perjudicarlo con la publicación de sus memorias, por lo que la demanda fue desestimada.
¿Por qué el hermano de Mariah Carey la demandó por difamación?
En el 2021, Morgan Carey demandó a su hermana por Mariah Carey, por declaraciones hechas en sus memorias “The Meaning of Mariah Carey”, publicadas en el 2020. De acuerdo a Morgan, la demanda fue por difamación debido a que la cantante había hecho alusión a que él vendía drogas en las fiestas, además de haber estado en prisión.
En la demanda inicial declaraba que Mariah lo había difamado en ocho partes de su libro, ya que narraba una pelea con su padre; también decía que Morgan tenía contactos “turbios” en la industria musical, por lo que se sentía que su reputación había sido dañada ante tales declaraciones.
Morgan Carey afirmaba que, en cuanto a su mal comportamiento durante su infancia, Mariah tenía como fuente a su difunta madre, y que no se preocupó por verificar la veracidad de sus declaraciones, por lo que los daños a su reputación superaban los 20 millones de dólares.
¿Cuál fue la resolución de la demanda a Mariah Carey?
La primera jueza que atendió el caso en 2022, Barbara Jaffe, desestimó la mayoría de alegaciones de Morgan, ya que consideraba que eran insuficientes para una demanda por difamación.
Aunque declaró que podía seguir adelante con dos pasajes del libro, uno en el que Mariah narraba que su hermano vendía droga (cocaína) en clubes nocturnos en la década de 1980 y en el que afirmaba que Morgan había estado en prisión.
No obstante, la demanda había quedado estancada hasta que fue reasignada a la jueza Leslie A. Stroth, quien este lunes desestimó el caso centrándose en que Mariah Carey no había actuado con malicia real y que el demandante no aportó las suficientes pruebas para demostrar lo contrario.