
Las alcaldías de la Ciudad de México tienen hasta el 31 de agosto para informar al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) sobre los proyectos ganadores del Presupuesto Participativo 2026 que no puedan ejecutarse o que sólo puedan realizarse de manera parcial.
Los lineamientos aprobados por el Consejo General del IECM indican que las demarcaciones deberán presentar un informe debidamente fundado y motivado cuando un proyecto no pueda llevarse a cabo por circunstancias materiales, ambientales, financieras o jurídicas que no estaban presentes al momento de su dictaminación.
El documento deberá incluir un dictamen u opinión del área técnica responsable de la ejecución, en el que se detallen las causas que impiden realizar el proyecto. También deberá incorporar las opiniones de las áreas técnicas competentes sobre otros proyectos que hayan sido sometidos a consulta ciudadana y que sean viables para su eventual ejecución en sustitución del proyecto ganador.
Los informes serán presentados por las áreas de participación ciudadana de las alcaldías ante la Dirección Distrital cabecera de demarcación. Esta instancia deberá remitirlos, en un plazo máximo de 24 horas, a la Dirección Distrital correspondiente, a la Secretaría Ejecutiva y a la Dirección de Participación del IECM.
Además, los documentos deberán contar con la firma de conocimiento del órgano interno de control de la alcaldía. Si un informe es presentado fuera del plazo establecido, el IECM dará aviso a la Secretaría de la Contraloría General y a la Secretaría de Administración y Finanzas.
En los casos en que un proyecto sólo pueda ejecutarse parcialmente, la alcaldía deberá justificar técnica y jurídicamente las causas de esa determinación, así como precisar el alcance de los trabajos que sí podrán realizarse y los recursos del Presupuesto Participativo que serán ejercidos.
La información deberá ser comunicada a las personas integrantes de los Comités de Ejecución y de Vigilancia, o de Seguimiento cuando corresponda. Estos órganos deberán hacerla del conocimiento de la Asamblea Ciudadana de Evaluación y Rendición de Cuentas.
Los recursos que no sean ejercidos deberán reintegrarse conforme a las disposiciones presupuestarias aplicables y a los mecanismos establecidos por la Secretaría de Administración y Finanzas.
Las disposiciones forman parte del Acuerdo IECM/ACU-CG-043/2026, aprobado por unanimidad por el Consejo General del IECM durante su Sexta Sesión Ordinaria, celebrada el 29 de junio de 2026. Los lineamientos serán aplicables al seguimiento de los proyectos de Presupuesto Participativo correspondientes a 2026 y 2027.
Los lineamientos pueden consultarse en el documento oficial del IECM.