El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó que se pueda hacer un nuevo cómputo de los votos emitidos para candidatos inconformes, como es la petición de Noel Betanzos Torres, José Roberto Rojas Robles y Salvador Romero Espinosa.
Los aspirantes solicitaron un recuento de votos, que se les otorgue el acceso a ellos y a los representantes que designen para presenciar dicho acto con el objetivo de verificar que se hayan computado de manera correcta los votos nulos y los válidos.
El INE puntualizó que conforme a la normativa federal aplicable, “no existe disposición expresa que permita un nuevo cómputo de la totalidad de votos, ni tampoco que las candidaturas del actual PEEPJF 2024-2025 cuenten con representación ante los Consejos Distritales, ni ante los grupos de trabajo que se encuentran llevando a cabo las labores de escrutinio y cómputo, por lo que no es posible atender de conformidad”.
Explicó que estas oportunidades sí aplican para las elecciones ordinarias en las que intervienen partidos.
“Esto es así por tratarse de una elección extraordinaria con su propia normativa específica. Por lo tanto, la omisión de regular o establecer la representación de candidaturas, en general, no puede ser suplida invocando dicho precepto”, aseveró el árbitro de la democracia.
El Consejo General considera que la presencia de personas ajenas a los trabajos de cómputo llevados a cabo en los Consejos Distritales del INE, y permitir que las candidaturas cuenten con una representación podría implicar un riesgo operativo, que afecte el proceso de cómputo, sin perder de vista que de manera simultánea se están llevando a cabo los cómputos del resto de los cargos en el marco del PEEPJF 2024-2025, en el que se encuentran las vacantes de Juzgados de Distrito.
El Consejo General considera que la presencia de personas ajenas a los trabajos de cómputo llevados a cabo en los Consejos Distritales del INE, y permitir que las candidaturas cuenten con una representación podría implicar un riesgo operativo, que afecte el proceso de cómputo, sin perder de vista que de manera simultánea se están llevando a cabo los cómputos del resto de los cargos en el marco del PEEPJF 2024-2025, en el que se encuentran las vacantes de Juzgados de Distrito.
Para reforzar sus argumentos, el INE agregó que es claro que la Sala Superior del TEPJF consideró que los procesos electorales para la elección del Poder Judicial son distintos y debe diferenciarse respecto a las reglas no previstas para los procesos electorales para la elección de los cargos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión, “por lo tanto, debe tenerse en cuenta que en el actual PEEPJF 2024-2025, los lineamientos definidos para el desarrollo de cómputos no previeron 0la posibilidad de que las candidaturas para el Poder Judicial, en cualquiera de sus diversos cargos, contara con algún tipo de participación durante su desarrollo”.