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El proyecto de la Ministra Yasmín Esquivel fue acompañado por el pleno de ministros que convalidaron que la función de estos fondos es la protección de los recursos de los trabajadores

Corte da revés a Afores; niega amparo por altos cobro en comisiones ante supuesto de libre mercado

La ministra Yazmín Esquivel

SCJN — Bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) impidió que se le concediera un amparo a una Aforte que pretendía se le reconociera el tope de cobro de administración de recursos de los trabajadores.

Esquivel Mossa explicó que el Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) tiene como principal objeto proteger a los trabajadores y sus recursos.

El pleno resolvió el estudio de la constitucionalidad del artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, el cual regula las comisiones que pueden cobrar las Afore por los servicios que prestan a los trabajadores, y esto con motivo de la reforma que tuvo este precepto en 2020 para establecer un máximo a este pago.

De acuerdo con la revisión del recurso, una Afore recurrió al amparo indirecto contra esta modificación legislativa. Sin embargo, un juez de Distrito concedió el amparo al estimar que el precepto vulneraba la confianza legítima de los destinatarios de la norma y la libertad de comercio, por establecer reglas con el objeto proteger a los trabajadores y sus recursos.

“Las Afore no pueden examinarse bajo la óptica del libre mercado y, en consecuencia, los agentes que se desenvuelven en este ámbito no cuentan con total autonomía para operar bajo la libre concurrencia, máxime cuando ello equivalga a cobrar comisiones que resulten excesivas en perjuicio de los trabajadores, pues se trata de los recursos para su retiro”, explicó

Con esta sentencia se protegen los derechos de seguridad social en cuanto a la protección de las personas en la vejez, al salvaguardar los recursos financieros de los trabajadores y potenciarlos hacia el futuro.

La Crónica de Hoy 2025

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