CDMX — Luego de que el pleno de la Corte aprobara por unanimidad negar el amparo contra orden de captura a Francisco Javier García Cabeza de Vaca, aunque con modificaciones en la propuesta de sentencia de la ministra Lenia Batres, el diputados morenista Sergio Gutiérrez Luna celebró esta decisión, y señaló que toca a la FGR resolicitar la ‘ficha’ roja ante la Interpol para la búsqueda y aprehensión del exgobernador de Tamaulipas.
El vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados comentó que están activas las órdenes de aprehensión contra el panista García Cabeza de Vaca, quien está acusado por la presunta comisión de delitos federales: delincuencia organizada, utilización de recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal.
Gutiérrez Luna comentó que la notificación de la Corte a la FGR sobre la negativa de “amparar o proteger al acusado” llevará al menos 15 días, una vez que la ponencia de la ministra Batres Guadarrama realice el engrose o considerandos que le pidió la mayoría del pleno del máximo tribunal.
La semana pasada, el diputado de Morena, pincipal personaje en no cesar en llevar ante tribunales a Cabeza de Vaca dio a conocer que un documento en el que exgobernador —espontáneamente— renunció a cualquier Estado extranjero, particularmente al de los Estados Unidos de América. También renunció a cualquier protección de leyes o autoridades extrajeras y a la protección que tratados o convenciones internacionales conceden a extranjeros.
“Lo exhibió él mismo, cuando trató de recuperar su ‘pluri’ —sin éxito— con un amparo que le dio el juez Alvarado (ya inhabilitado por el Tribunal de Disciplina Judicial ). Y toca a la FGR reactivasr las órdenes de aprehensión en su contra. y lo que sé es que será al menos unols 15 días, tiempo en que se debe hacer un nuevo engrose de la sentencia", dijo.
Este martes, el pleno de la Corte En un primer momento, se emitió una orden de aprehensión que fue invalidada por haberse considerado que existió invasión a las competencias del Congreso local. Ante ello, cuando el exgobernador dejó el cargo, el Ministerio Público Federal solicitó una nueva orden de aprehensión, pero un juez de distrito le concedió el amparo a la persona para dejarla sin efectos. Esta resolución fue impugnada por la Fiscalía y otros agentes del ministerio público, por lo que llegó a la Suprema Corte.
Al resolver el caso, el pleno de ministros estableció que, al librar una orden de aprehensión en el sistema penal acusatorio no se exige prueba plena de la responsabilidad.
“En esta etapa preliminar basta la existencia de datos de prueba que permitan establecer razonablemente que se cometió un hecho que la ley señala como delito y que existe probabilidad de que la persona lo cometió o participó en él. Además, precisó que la o el juez de amparo no puede sustituir al juez natural mediante una valoración exhaustiva de los datos de prueba como si se tratara de una sentencia definitiva”, de acuerdo con el proyecto
Así, la Corte concluyó que el juzgado de distrito elevó indebidamente el estándar probatorio y realizó un análisis propio del juicio oral, contraviniendo el artículo 16 de la Constitución Política Federal y el artículo 75 de la Ley de Amparo. Por ello, revocó la sentencia y determinó negarle el amparo al exgobernador contra la orden de aprehensión dictada, dejando vigente el mandamiento judicial.