CDMX — En una nueva estrategia legislativa, Morena en la Cámara de Diputados lideró el debate para aprobar la reforma de reducción de jornada laboral de 48 a 40 horas y un día de descanso a la semana, con lo que esto último se extiende la vigencia de ley, de más de un siglo de regular el tiempo libre -que incluye el domingo- de los trabajadores mexicanos, que hoy son 20 millones en el sector formal,
Con 411 votos a favor y 58 en contra, el pleno camaral dio luz verde tal cual al dictamen que derivó de la minuta del Senado de la reforma laboral que propuso la presidenta Claudia Sheinbaum.
Aunque en lo general las seis bancadas partidistas en San Lázaro estuvieron a favor del dictamen, en lo particular sólo 58 votos hablaron por los legisladores que no acompañaron extender la longevidad a derechos humanos que protege la Constitución en su Apartado A de su artículo 123, pero cuyas garantías hoy acotan lade la salud física, menr
MC, PRI, PAN, PT y PVEM presentaron la misma reserva en el fondo: un día más de descanso a los trabajadores. Es decir, de siete días -que en México y en el mundo existen para vivir-, dos sean para descansar y cinco días a trabajar, con una jornada de 8 horas diarias. Morena se negó a modificar la Constitución en materia laboral.
En el pleno camaral nadie habló de la prima dominical, de los días inhábiles, pero laborables, como el domingo, o del sábado, o de los festivos, que no tienen consecuencias de sanción si no se retribuyen con un pago extra si se obliga a trabajarlos o no se reponen.
El gatopardismo legislativo aprobado en la Cámara baja refrendó que la jornada laboral semanal en 2026 es de 48 horas efectivas y un día de descanso, cuando menos, de manera general por seis días de trabajo dentro de pequeñas, medianas y microempresas que ofrecen servicios de comida, de turismo y de cualquier venta de productos, entre otros.
En 2027, esta reforma obliga a que las horas de la jornada laboral sea de 46 horas. En 2028, 44 horas. En 2029, de 42 horas y en 2030, finalmente 40 horas.
La propuesta aprobada sólo reforma dos pequeñas fracciones del Apartado A de la Constitución.
Se fija: “Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro”, como se regula hasta ahora.
Y, cuando, por circunstancias extraordinarias, deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias.
“El trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo. La prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido (con esta reforma) obliga a la persona empleadora a pagar 200 por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia. Las personas menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario”.