
El pasado 20 de febrero, un juez concedió un amparo a favor del Nacional Monte de Piedad, declarando como inexistente la huelga iniciada por el Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad, que, según estos últimos, fue originada por diversas violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) por parte del patronato.
Respecto al proceso de reapertura de la institución de empeño, la administración expresó: “La reapertura de nuestras sucursales está más cerca”, haciendo un llamado a las y los trabajadores para dar por concluido el paro y regresar a sus labores, externando la promesa de una fuente de empleo estable y duradera, de acuerdo con El Financiero.
¿Cómo respondió el Sindicato de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad?
Tras la declaración de “inexistencia” que avaló un juez a favor del patronato del instituto, trabajadores y trabajadoras del Nacional Monte de Piedad anunciaron que el paro “sigue firme” y continuarán el proceso en los tribunales, informando que se interpondrá un recurso contra la declaración de inexistencia anunciada.
Pese al fallo judicial a favor del patronato, la huelga de trabajadores continúa, por lo que el paro nacional seguirá activo fuera de las instalaciones de las 300 sucursales, hasta que se llegue a un acuerdo, según anunciaron integrantes del sindicato.
¿De qué acusa el sindicato de trabajadores al patronato del Nacional Monte de Piedad?
El sector sindical acusa a la parte administrativa del instituto de la violación del Contrato Colectivo de Trabajo, señalando que, pese a los acuerdos alcanzados en marzo de 2024, el patronato no los respetó, motivo por el cual se levantó nuevamente el paro en las 300 sucursales de la entidad financiera de préstamos, huelga que está por alcanzar los cinco meses de duración.
Por su parte, la administración del Nacional Monte de Piedad acusa a la dirigencia sindical de atrasar injustificadamente el cumplimiento de varios de los compromisos pactados, justificando su nuevo proceso de cobertura de vacantes, que —asegura— está respaldado en la Ley Federal del Trabajo.