CDMX — El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, demandó de manera contundente la obligación del Poder Judicial de atender los casos de mujeres y niñas con perspectiva de género.
Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó un caso relacionado con la muerte de una niña de un año en Tijuana, Baja California, que llevó a investigar a su madre por el delito de homicidio agravado por razón de parentesco. En ese contexto, se abrió una averiguación previa y se recabó una declaración en la que la mujer migrante y embarazada durante ese momento, reconoció los hechos. Por ello, se ejercitó la acción penal y se giró una orden de aprehensión.
Posteriormente, la mujer denunció que dicha declaración fue obtenida bajo tortura, sin defensa adecuada ni asistencia consular. También sostuvo que la niña sufrió una caída y que su actuar inicial estuvo influida por el temor a perder su custodia, lo que generó versiones contradictorias sobre lo ocurrido.
Al resolver el asunto, el Pleno concluyó que el tribunal colegiado no cumplió con la obligación de juzgar con perspectiva de género, ya que validó una sentencia condenatoria apoyada en ideas preconcebidas sobre cómo “debe ser” una madre y en un uso deficiente de la prueba circunstancial. En particular, porque se asumió que, por el solo hecho de ser madre, ella era la única garante del bienestar de su hija y que cualquier desviación de un modelo ideal de maternidad bastaba para inferir la culpabilidad, lo que generó vacíos probatorios con prejuicios y comprometió la exigencia de probar la responsabilidad más allá de toda duda razonable.
La Corte subrayó que la problemática está no solo en la presencia de estereotipos, sino en su impacto en la forma de valorar las pruebas. Cuando no hay elementos suficientes para acreditar un delito, acudir a la imagen de la “mala madre” para llenar vacíos de información y dar sentido a la prueba circunstancial, vulnera la igualdad y la presunción de inocencia.
En ese sentido, juzgar con perspectiva de género exige que jueces y juezas expliquen de manera reforzada, sin prejuicios ni estereotipos, cómo es que las pruebas de cargo y de descargo sustentan, en su caso, una condena de culpabilidad que esté probada más allá de toda duda razonable.
Con esta decisión, la Suprema Corte revocó la sentencia del tribunal colegiado y devolvió el asunto para que dicte una nueva resolución con perspectiva de género y respete la presunción de inocencia.
Amparo Directo en Revisión 5488/2024. Resuelto en sesión de Pleno el 15 de abril de 2026.
Se protege el acceso efectivo de las víctimas a recursos y la igualdad procesal en el sistema de justicia para adolescentes: