
El Gobierno de México anunció una serie de reformas al Reglamento de la Ley de Aeropuertos que impactarán directamente en la operación de los aeródromos del país, particularmente en la asignación de horarios para aterrizajes y despegues, así como en la forma en que serán clasificados los espacios destinados al transporte aéreo.
Las modificaciones fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) mediante un decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y el titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), Jesús Antonio Esteva Medina. De acuerdo con el documento oficial, las nuevas disposiciones entrarán en vigor a partir de este miércoles 10 de junio de 2026.
Entre los cambios más relevantes se establece una nueva clasificación para los aeródromos civiles de servicio público destinados al transporte aéreo regular, tanto nacional como internacional. Esta categorización tomará en cuenta factores como la capacidad operativa de cada instalación, su nivel de saturación y los estándares internacionales aplicables.
La determinación de estas características quedará a cargo de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), organismo responsable de supervisar y regular la actividad aérea en el país.
El decreto también precisa las reglas relacionadas con el uso de los horarios de aterrizaje y despegue en los aeródromos, un tema clave para la organización del tráfico aéreo y el aprovechamiento eficiente de la infraestructura aeroportuaria.
Además, la reforma incorpora el concepto de “asignataria” dentro del reglamento, sumándolo a las figuras ya contempladas de concesionaria y permisionaria, con el objetivo de actualizar el marco normativo bajo el que operan los distintos actores del sector.
Con estos ajustes, las autoridades buscan fortalecer la regulación aeroportuaria y adecuar las disposiciones vigentes a las necesidades operativas actuales del sistema aéreo mexicano.