
Tras la publicación oficial del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se dio a conocer una importante reforma que frena el incremento de la edad mínima de jubilación y establece su reducción gradual para un sector específico de la población laboral en México. Esta medida beneficia a los trabajadores que buscan tramitar su pensión en los próximos años bajo reglas más accesibles.
¿Quiénes son candidatos para jubilarse a los 55 años?
Este beneficio no aplica de manera general para todos los trabajadores del país ni para el sector privado afiliado al IMSS. La medida es exclusiva para los trabajadores del Estado; deben estar cotizando activamente bajo el régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y pertenecer formalmente al esquema del Artículo Décimo Transitorio.
Para los trabajadores que cotizan mediante el sistema de Afores (Cuentas Individuales), el esquema de retiro no tendrá modificaciones y mantendrá la edad de jubilación fijada a los 65 años, siempre que se cumpla con el tiempo de cotización requerido.
¿Cómo aplica la reducción gradual de edad según el decreto?
La reforma evita que la edad para jubilarse siga en aumento y fija un tabulador de reducción progresiva que culminará en el año 2034, permitiendo el retiro desde los 53 años para mujeres y 55 años para hombres.
El esquema temporal según el año en que se gestione el trámite se distribuye de la siguiente manera:
- Periodo 2026 – 2027: Mujeres se jubilan a los 56 años | Hombres a los 58 años.
- Periodo 2028 – 2030: Mujeres se jubilan a los 55 años | Hombres a los 57 años.
- Periodo 2031 – 2033: Mujeres se jubilan a los 54 años | Hombres a los 56 años.
- A partir de 2034: Mujeres se jubilan a los 53 años | Hombres a los 55 años.
Requisitos indispensables para tramitar la pensión
Para acceder a este beneficio de retiro, además de cumplir con el rango de edad correspondiente al año en que se realice la solicitud, el trabajador debe acreditar lo siguiente:
Registrar los años de cotización mínimos de 28 años de servicio para mujeres y 30 años de servicio para hombres, al igual que estar inscrito en el régimen del Artículo Décimo Transitorio del ISSSTE y así como conservar sus derechos laborales al momento de iniciar el proceso administrativo.