
El Seguro de Gastos Médicos Mayores y Menores para trabajadores del INFONAVIT se encuentra en el centro de la discusión durante el actual proceso electoral sindical. La controversia ha surgido luego de que algunos rumores aseguren que esta prestación ya existía desde años atrás y, por ello, se cuestiona que realmente figure como un nuevo logro.
La respuesta del actual Comité Ejecutivo Nacional del SNTINFONAVIT se concentra en un punto: el seguro ya era un beneficio para los trabajadores; sin embargo, ahora quedó incorporado al Contrato Colectivo de Trabajo 2026-2028 mediante la nueva Cláusula 89 BIS. Esa es la diferencia.
Del acuerdo de 2007 al contrato colectivo
El antecedente de esta prestación se remonta a 2007, cuando se firmó el Acuerdo de Responsabilidad Social Compartida (ARSC) entre la administración de Víctor Manuel Borrás Setién y el sindicato.
Ese acuerdo contempló, entre otros temas, revisar la viabilidad de un seguro de gastos médicos. El beneficio fue conservado durante distintas administraciones, pero no estaba establecido como una cláusula específica dentro del contrato colectivo.
La discusión actual, por tanto, no consiste en determinar si los trabajadores ya tenían acceso al seguro. El punto es cómo estaba respaldado ese beneficio.
¿Por qué es importante la Cláusula 89 BIS?
La nueva cláusula establece dentro del CCT 2026-2028 el Seguro de Gastos Médicos Mayores y Menores para los trabajadores, así como para sus cónyuges e hijos, de acuerdo con el planteamiento presentado por el sindicato.
Además, se establece que el INFONAVIT deberá contratar y cubrir la prima correspondiente bajo las condiciones pactadas.
En pocas palabras: no, el seguro no peligra y seguirá activo para los trabajadores, además de que el cambio puede resumirse así:
Antes
El seguro estaba respaldado por un acuerdo administrativo que fue respetado por diferentes administraciones.
Ahora
La prestación queda expresamente incorporada al Contrato Colectivo de Trabajo, lo que le otorga un respaldo contractual distinto.
Por eso, decir que el seguro apareció de la nada sería incorrecto. Pero también resulta incompleto señalar que la incorporación al CCT no representa ningún cambio.
El debate sindical por el seguro médico
La discusión ocurre en medio del proceso electoral del SNTINFONAVIT, donde las distintas corrientes sindicales han planteado posiciones diferentes sobre los resultados de la negociación colectiva.
Mientras algunos cuestionan que el seguro sea presentado como un logro nuevo, el actual Comité Ejecutivo Nacional destaca que la verdadera conquista está en haber llevado la prestación al Contrato Colectivo de Trabajo 2026-2028.
Más allá de la disputa electoral, para los trabajadores el punto central es la certeza sobre sus prestaciones.
Después de casi dos décadas en las que el beneficio estuvo ligado a un acuerdo administrativo, la Cláusula 89 BIS busca convertirlo en una prestación expresamente contemplada dentro del contrato colectivo.
En otras palabras: el seguro no nació en 2026, pero sí cambió la forma en que queda respaldado para los trabajadores del INFONAVIT quienes de ninguna manera perderán el beneficio que vela por su bienestar y el de sus familias.