
El próximo 15 de septiembre se celebra el Grito de Independencia, mientras que el miércoles 16 se conmemora propiamente el aniversario del inicio de la Guerra de Independencia de México, el cual está marcado como descanso obligatorio.
Los días festivos oficiales se pagan al triple, por lo que si ese día te toca laborar, por ley tienes que recibir el doble adicional a tu pago de día de descanso.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre si se paga doble el 16 de septiembre?
En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el artículo 74, establece como descanso obligatorio el 16 de septiembre, así como el tercer lunes de noviembre por la conmemoración de la Revolución mexicana y el 25 de diciembre, que serían los próximos días feriados.
A su vez, en el artículo 75 menciona que aquellos trabajadores que tengan que prestar sus servicios en dichos días tienen derecho a recibir (independientemente del salario correspondiente a su día de descanso) un salario doble; es decir, recibirán un pago triple.
Aunque no es el caso, si el día feriado llegara a caer en domingo, se tiene que sumar la prima dominical, que es un 25% de salario ordinario.
¿Habrá puente por el 16 de septiembre?
A pesar de que muchos desean un fin de semana largo para descansar mejor, el 16 de septiembre, al caer entre semana, no será puente. Solo se suspenderán labores el día miércoles.
Cabe mencionar que el 15 de septiembre no está considerado como día feriado, por lo que ese día las labores continuarán de manera ordinaria.
Por otra parte, los estudiantes de educación básica podrán disfrutar de un puente el viernes 25 de septiembre debido a que ese día se llevará a cabo la sesión mensual del Consejo Técnico Escolar.