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La reforma endurece las penas de comercialización de falsificaciones, si esta ocurre en calles o lugares públicos, la pena será de dos a seis años de prisión...

“Ley Antimemes”: ¡cárcel por usar logos y webs falsas del Gobierno! Avanza en el Senado dictamen contra la piratería

De acuerdo a la iniciativa se sustituye el concepto de "especulación comercial" o "fines de lucro" por el de "escala comercial" CIUDAD DE MÉXICO, 22SEPTIEMBRE2026.- Aspecto durante Sesión Ordinaria en la Cámara de Senadores. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM (Andrea Murcia Monsivais)

El Senado aprobó en comisiones castigos de hasta 5 años de prisión contra el fraude con identidad gubernamental y la piratería comercial, y al mismo tiempo disipó cualquier intención de censura en contra de la parodia política o la generación de memes, como se había advertido.

La iniciativa provocó gran polémica entre la oposición, que la calificó como una “Ley Antimemes”, y advirtió que su redacción original podía abrir la puerta a sanciones contra contenidos de parodia, sátira o crítica difundidos en redes sociales.

El texto original establecía penas de entre tres y siete años de prisión, además de multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), para quien utilizara, reprodujera, imitara o incorporara a escala comercial la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos, signos o documentos oficiales de dependencias y entidades de los distintos órdenes de gobierno, cuando ello tuviera como propósito inducir al error o engaño.

Ello provocó fuertes reclamos de la oposición, lo que obligó al presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, a presentar una reserva a ese artículo para acotar esa interpretación y reducir de 7 a 5 años de prisión a los que incurran en ese supuesto.

De acuerdo con la nueva redacción, se sancionaría con uno a cinco años de prisión y multa de mil a 10 mil UMA a quien incurra en esos delitos.

“Se impondrá de 1 a 5 años de prisión y multa de 1.000 a 10.000 unidades de medida y actualización vigente al momento en que se cometa el delito a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore a escala comercial la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o cualquier documento de carácter oficial”, planteó Corral.

El morenista explicó que lo que se busca es establecer que esa inducción al engaño o al error a una o más personas tenga como propósito la comisión de un ilícito.

“¿Cuántas veces no nos hemos encontrado en el manejo absolutamente inventado de portales con logos del gobierno, con los que se requiere a personas depósitos, con los que se les dice que si compran una acción se convierten en accionistas de Pemex?”

—  Javier Corral

Con ello, el debate dejó de centrarse únicamente en el uso de imágenes o símbolos oficiales y se incorporó como elemento central la finalidad de generar un engaño respecto del origen oficial de contenidos, servicios o comunicaciones.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, Manuel Ladrón de Guevara, rechazó que la reforma tenga como propósito censurar la parodia o la crítica en internet.

“¡Dios nos libre!”. Seríamos los primeros en pegar de gritos si eso ocurriera. Estamos en otro tono que tiene que ver con las escalas comerciales que a veces algunos quieran hacer ver”, afirmó.

Previo a la nueva redacción, la oposición había advertido que la presunta suplantación de la identidad de los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias provocaría censura y penalizaría a los creadores.

“Proponer cárcel para los memes, para las parodias en redes sociales cuando utilicen cualquier signo de carácter oficial es a todas luces censura disfrazada de propiedad intelectual y particularmente a la libertad de expresión”, se quejó la vicecoordinadora de MC en el Senado, Alejandra Barrales Magdaleno.

La senadora del PAN, Guadalupe Murguia también advirtió que “cualquiera que realice comedia, parodia política, caricatura en medios impresos, radio, televisión, medios digitales y que incurra en uso de signos de carácter oficial que nadie sabe qué es eso, puede estar y ser objeto de pena de prisión y de multa”.

De acuerdo a la iniciativa, se sustituye el concepto de “especulación comercial” o “fines de lucro” por el de “escala comercial”, esto es, que para que un delito de piratería o falsificación sea considerado a “escala comercial”, la autoridad considerará la afectación del mercado partiendo de que el valor de la mercancía ilícita debe ser igual o superior a 170 UMAs.

“No puede convertirse en una persecución en contra de quien sale todos los días a buscar el sustento de su familia en la banqueta, en un mercado o en un puesto grande”, aseveró el morenista, Juan Carlos Loera de La Rosa.

La autoridad –agregó--tendrá que demostrar que existe una dimensión comercial relevante y acreditar la responsabilidad de cada persona; la sola posesión de mercancía o el hecho de estar detrás de un puesto no puede convertirse por sí mismo en una sentencia…”.

La reforma endurece las penas de comercialización de falsificaciones; si esta ocurre en calles o lugares públicos, la pena será de dos a seis años de prisión; sin embargo, si esta venta pirata se realiza en establecimientos fijos, locales o de manera organizada, la pena se agrava hasta alcanzar de cuatro a diez años de cárcel.

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