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Señaló que la medida preventiva debe mantener un mismo estándar para observadores electorales, funcionarios de mesas directivas de casilla, supervisores y capacitadores, particularmente en la verificación de que quienes desempeñen estas funciones no tengan vínculos con actividades relacionadas con programas sociales que puedan comprometer los principios de imparcialidad y objetividad

Reyes Rodríguez propone homologar verificación de observadores y funcionarios de casilla

Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón

El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, propuso ampliar los efectos de la resolución correspondiente al recurso de apelación SUP-RAP-207/2026 para que el Instituto Nacional Electoral (INE) homologue los mecanismos de verificación aplicables a las distintas figuras ciudadanas que participan en el proceso electoral 2026-2027.

El expediente está relacionado con el acuerdo INE/CG548/2026, mediante el cual el Consejo General del INE emitió las convocatorias para que la ciudadanía participe como observadora electoral durante el proceso electoral concurrente 2026-2027.

Durante su intervención, Rodríguez Mondragón señaló que la medida preventiva debe mantener un mismo estándar para observadores electorales, funcionarios de mesas directivas de casilla, supervisores y capacitadores, particularmente en la verificación de que quienes desempeñen estas funciones no tengan vínculos con actividades relacionadas con programas sociales que puedan comprometer los principios de imparcialidad y objetividad.

Explicó que, mientras para las personas observadoras electorales se plantea una verificación mediante compulsa para comprobar que no desempeñen determinadas funciones públicas, para quienes integrarán las mesas directivas de casilla se contempla únicamente una declaración bajo protesta.

A juicio del magistrado, esa diferencia responde a que los partidos políticos impugnaron el cambio relacionado con la observación electoral, pero no el correspondiente a la ciudadanía que integrará las mesas directivas de casilla. Por ello, consideró que dejar exclusivamente en manos de los partidos la defensa de intereses vinculados con el sistema electoral puede generar áreas sin control jurisdiccional.

Plantea extender los efectos de la resolución

Rodríguez Mondragón sostuvo que la sentencia podría ordenar al Consejo General del INE revisar y homologar los mecanismos preventivos para todas las figuras que tengan como finalidad garantizar la imparcialidad, objetividad, independencia y ciudadanización de las elecciones.

Recordó que en el proceso electoral 2023-2024 el INE estableció medidas preventivas dirigidas a evitar la injerencia o participación de personas servidoras públicas relacionadas con programas sociales. El instituto emitió entonces los lineamientos correspondientes mediante el acuerdo INE/CG535/2023.

El magistrado aclaró que su propuesta no consiste en revivir las reglas de aquel proceso electoral, sino en que el INE revise el mecanismo actualmente vigente y garantice que exista congruencia entre las medidas aplicables a las distintas figuras ciudadanas.

“La preocupación jurídica central”, explicó, consiste en evitar que existan estándares diferentes para personas que desarrollan funciones dentro de un mismo sistema de participación ciudadana y que están sujetas a una finalidad preventiva similar.

Defiende interés legítimo de organizaciones civiles

En una segunda intervención, Rodríguez Mondragón también cuestionó el desechamiento de los juicios promovidos por las asociaciones civiles involucradas en el asunto.

Recordó que la Sala Superior ya ha reconocido interés legítimo a algunas de estas organizaciones en precedentes relacionados con procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana, entre ellos la revocación de mandato y la elección judicial.

Señaló que el objeto social de las asociaciones está vinculado con la participación ciudadana en procesos electivos y de democracia directa, así como con el litigio estratégico en materia de derechos humanos.

Por ello, sostuvo que existen elementos para analizar nuevamente su legitimación a partir de los criterios que han evolucionado tanto en el TEPJF como en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Ciudadanización como eje de la propuesta

Rodríguez Mondragón enfatizó que las funciones de observación electoral, capacitación, supervisión y participación en las mesas directivas de casilla deben preservar su carácter ciudadano y mantenerse alejadas de intereses partidistas.

En ese sentido, planteó que el INE establezca un estándar común de prevención para quienes participan en estas actividades, con el objetivo de fortalecer las garantías de imparcialidad, independencia y objetividad durante la organización de la elección de 2026-2027.

El SUP-RAP-207/2026 corresponde al recurso promovido contra el acuerdo INE/CG548/2026, relativo a las convocatorias para la participación ciudadana como observadora electoral en el proceso electoral concurrente 2026-2027.

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