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Este miércoles se realizará la consulta para que trabajadores del IMSS determinen si aceptan o rechazan el incremento salarial del 6.8%, la demanda es un aumento del 10%

Centro Federal de Conciliación asiste como observador a consulta de trabajadores del IMSS

trabajadores IMSS El Centro Federal de Conciliación asiste como observador a consulta de trabajadores del IMSS, quienes este miércoles determinarán en consulta si aceptan o rechazan el incremento salarial del 6.8%, la demanda es un aumento del 10% (Moisés Pablo Nava)

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) acompañará este miércoles 14 de octubre la consulta que se realizará entre trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, quienes determinarán si aceptan o no el incremento salarial del 6.8% aprobado por el sindicato de trabajadores del IMSS.

Cabe mencionar que la demanda de incremento salarial de las y los trabajadores es del 10%, al considerar que el aumento de 6.8% no permiten compensar el deterioro en el poder adquisitivo real frente al costo de vida.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), recordó que la referida consulta, convocada por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), tendrá lugar el próximo día 14, en un ejercicio mediante voto personal, libre, directo y secreto, las y los trabajadores decidirán si aprueban la revisión salarial acordada por su Congreso Nacional del sindicato de trabajadores.

El objetivo principal de la participación del CFCRL es garantizar la transparencia, certeza y legalidad de la jornada democrática, asegurando el respeto absoluto a la libertad sindical y la voluntad de los trabajadores conforme a la ley laboral vigente.

En este sentido, el personal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), en el marco de sus atribuciones en materia democrática y libertad sindical, asistirá como observador institucional dentro de sus facultades legales, a fin de asegura que se realice un proceso libre, transparente, democrático y sin coacciones.

El CFCRL refrendó que la democracia y la libertad sindical descansan en el derecho de las personas trabajadoras a participar y decidir sobre los asuntos que les corresponden mediante procedimientos libres para expresar su voluntad.

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