Nacional

El Certificado de Supervivencia del IMSS sigue vigente en 2026 para ciertos pensionados. Conoce quiénes deben tramitarlo, dónde solicitarlo y sus requisitos.

Certificado de Supervivencia IMSS 2026: ¿Para qué sirve, cómo y dónde tramitarlo?

Certificado de Supervivencia IMSS. El Certificado de Supervivencia del IMSS sigue vigente en 2026 para ciertos pensionados. Conoce quiénes deben tramitarlo, dónde solicitarlo y sus requisitos. Imagen generada con IA. (Gemini)

Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuentan con diferentes mecanismos para mantener vigente el pago de sus prestaciones económicas. Uno de ellos es el Certificado de Supervivencia, documento mediante el cual se acredita que una persona beneficiaria continúa con vida y, por lo tanto, puede seguir recibiendo los recursos correspondientes a su pensión.

Sin embargo, durante 2026 el trámite no es obligatorio para la mayoría de los pensionados que residen en México, debido a las medidas de simplificación implementadas por el instituto. No obstante, quienes viven en el extranjero y determinados beneficiarios que requieren aclarar su información todavía deben cumplir con el procedimiento para evitar posibles interrupciones en sus depósitos.

¿Para qué sirve el Certificado de Supervivencia del IMSS?

El Certificado de Supervivencia, también conocido como comprobante o constancia de supervivencia, es un documento que permite al IMSS verificar que una persona pensionada continúa con vida y conserva las condiciones necesarias para recibir su prestación económica. Su principal objetivo es mantener actualizados los registros de beneficiarios y prevenir pagos indebidos después del fallecimiento de los titulares.

¿Quiénes deben tramitar el Certificado de Supervivencia IMSS en 2026?

De acuerdo con las disposiciones del Seguro Social, existen situaciones específicas en las que todavía se requiere comprobar la supervivencia, principalmente cuando los beneficiarios radican fuera de México o necesitan realizar aclaraciones relacionadas con su pensión:

  • Pensionados que viven en el extranjero: deben comprobar su supervivencia cada seis meses mediante una embajada o consulado mexicano, cuando estén sujetos a esta obligación.
  • Pensionados con información pendiente de aclaración: el IMSS puede solicitarles acudir a sus oficinas para verificar datos relacionados con su prestación.
  • Beneficiarios de pensiones administradas por aseguradoras o AFORE: deben atender las condiciones establecidas en sus respectivos contratos.
  • Extrabajadores jubilados del IMSS: están sujetos a disposiciones específicas de su régimen de jubilaciones y pensiones, que deben consultar con el instituto.

El IMSS señala que, para las personas pensionadas bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 que radican en el extranjero, la comprobación debe realizarse cada seis meses. El comprobante expedido indica la fecha máxima para efectuar la siguiente verificación.

¿Cómo y dónde tramitar el Certificado de Supervivencia del IMSS?

Para las personas que viven en México y reciben una solicitud específica del IMSS, la atención se proporciona en las ventanillas de Control de Prestaciones Económicas de su Unidad de Medicina Familiar (UMF), generalmente de las 8:00 a las 15:00 horas. En la Ciudad de México y el Estado de México también puede realizarse en las subdelegaciones correspondientes.

Por su parte, quienes residen en el extranjero deben acudir a la embajada o consulado mexicano más cercano, donde se verifica su identidad y se registra electrónicamente la comprobación de supervivencia ante el IMSS. Para programar la atención consular, pueden consultar la plataforma MiConsulado.

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y el IMSS establecen como documentación básica:

  • Identificación oficial vigente: INE, pasaporte o matrícula consular, según corresponda.
  • Número de Seguridad Social (NSS): documento que contenga los 11 dígitos asignados por el IMSS.
  • Credencial de pensionado: cuando se cuente con ella.
  • Comprobante del último pago de pensión: si se encuentra disponible.
  • Documentación adicional: la que solicite la representación consular correspondiente.

Tendencias