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La herramienta permite mantenerte al tanto de avisos tributarios y enviar solicitudes

Buzón Tributario SAT: ¿Cómo activarlo y evitar la multa de más de 11 mil pesos antes de 2027?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzará a aplicar multas a quienes no activen su Buzón Tributario. La medida aplicará a partir del próximo año.
SAT El organismo multará a quienes no activen su Buzón Tributario. (cuartoscuro/Pexels)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzará a aplicar multas a quienes no activen su Buzón Tributario. La medida será efectiva a partir del próximo año.

¿Qué es el Buzón Tributario del SAT?

El Buzón Tributario es en esencia un canal de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Se utiliza para que el organismo gubernamental envíe actos administrativos, resoluciones y avisos, así como también para que el contribuyente pueda enviar solicitudes.

Los avisos llegan a los correros registrados del contribuyente y este tiene tres días hábiles para abrir el documento. De lo contrario, se considera leído y sus efectos legales comienzan a ser efectivos.

La herramienta comenzó a funcionar en 2020, pero fue hasta 2022 que el SAT anunció que aplicaría sanciones a aquellos que no la habilitaran. Las medidas se aplazaron hasta durante cinco años pero ya se confirmó que entraran en vigor el próximo 1 de enero de 2027.

Los contribuyentes tiene hasta el 31 de diciembre para registrarse. De lo contrario, la sanción, establecida en el artículo 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), va de 3,850 hasta 11,540 pesos.

¿Quiénes deben activar su Buzón Tributario?

La obligación no para todas las personas que se encuentran en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Aquellos que necesariamente deben hacerlo incluyen:

  • Personas físicas con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento.
  • Contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Contribuyentes que realizan operaciones mediante plataformas digitales.
  • Personas físicas o morales que emitieron comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) durante los últimos 12 meses.
  • Personas físicas cuyos ingresos por sueldos y salarios sean mayores a 400 mil pesos anuales en el ejercicio inmediato anterior.

Los que no están obligados a habilitar el buzón son:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales o sin actividad económica registrada.
  • Personas morales que tengan estatus de suspensión de actividades ante el RFC.
  • Contribuyentes cuyo RFC haya sido cancelado.
  • Personas físicas cuyos ingresos por sueldos y salarios sean menores a 400 mil pesos anuales en el ejercicio inmediato anterior.

¿Cómo activar Buzón Tributario?

Para activar tu Buzón Tributario, entra al portal del SAT y selecciona la opción Buzón Tributario. Accede a tu cuenta usando tu RFC o e.firma. Necesitarás registrar al menos un correo electrónico y número celular de 10 dígitos.

Una vez que generes el registro el SAT enviará un enlace de confirmación al correo o correos registrados, así como también un código de registro por SMS que deberás capturar en el apartado de Configuración de tu Buzón. Tendrás 72 horas para abrir el enlace y capturar el código, de lo contrario deberás volver a llenar la solicitud.

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