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El cobro de servicios no prestados es motivo de denuncia

Profeco emite recomendaciones ante cobros automáticos injustificados

Cobros automáticos

La falta de información en los procesos de cancelación de servicios, así como desconocer las cláusulas sobre plazos mínimos o penalizaciones, no contar con un folio de reporte o constancia de suspensión y hasta errores administrativos del proveedor son algunas de las principales causas de los cobros automáticos.

Por ello, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) lanzó una guía para que los consumidores que decidieron cancelar algún servicio cuenten con las herramientas necesarias con el fin de evitar cobros automáticos.

En la guía se establece que las contrataciones de servicios ofrecidos deben notificar cobros automáticos recurrentes, así como la periodicidad, monto y fecha de aplicación. Los servicios digitales, además, deben notificar con al menos cinco días naturales el cobro del servicio permitiendo que durante este período de tiempo se pueda facultar la cancelación del servicio sin ningún tipo de penalización.

La Profeco detalla que los proveedores deben proporcionar un folio o número tras la cancelación del servicio; también invita a los consumidores a leer a detalle los términos y condiciones, así como las clausulas con el fin de evitar penalizaciones.

Sin embargo, si el proveedor aplica cargos posteriores a la cancelación y/o no aplica la devolución del cargo, las personas afectadas pueden interponer su queja en las Oficinas de Defensa del Consumidor de manera física y virtual- con los siguientes documentos: identificación oficial, contrato, folio de cancelación, comprobantes de pago y el estado de cuenta en el que se reflejan los cargos injustificados.

Por otro lado, si el proveedor condiciona o niega la cancelación y mantiene el cobro automático injustificado vulnera los derechos de las personas consumidoras e incurre en una práctica abusiva que debe ser denunciada ante la Profeco.

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