
Delia Cristina Altamirano Juárez*
En medio de lo que se supondría un desastre mundial, la pandemia por COVID-19, se cierne una diversidad de posibles soluciones, como las vacunas que han revolucionado la biotecnología adentrándose en el mundo de la nanoescala con vacunas de diseño. Laboratorios comerciales y académicos del mundo se han dado a la tarea de diseñar y producir vacunas bajo un marco regulatorio relajado para poder usar estos productos sin haber cubierto todos los requisitos para ser usados de forma masiva en humanos. El tema no cobraría relevancia si no fuera porque en el contexto mundial no solo las vacunas, puestas al alcance de todas las naciones de manera gratuita por sus gobiernos, implican la aceptación de la nanomedicina como lo promisorio para defenderse de las nuevas enfermedades y de las preexistentes.
Al hacer uso de la nanoescala para diseñar vacunas y fármacos, y al distribuirlas y usarlas de manera masiva, se da pauta para que otros objetos de diseño en la escala nano sean ampliamente aceptados por la sociedad. Esto abre un panorama de grandes retos y riesgos, debido a lo relativamente fácil que resulta en un marco regulatorio relajado, atribuir beneficios que proveen los nano-objetos a diversidad de materiales y sustancias que no los contienen, y de esta manera, desacreditar la ciencia y la tecnología de lo nanoscópico si los productos que ostentan el etiquetado nano llegan a fallar o causar un daño a la población o al medioambiente, como ocurrió en México a principios del año 2018, con la comercialización de las supuestas aplicaciones del grafeno, que derivó en un escándalo científico y mediático que encendió las alarmas en el ámbito de la regulación de las nanotecnologías.
Lo nanoscópico existe desde todos los tiempos, la naturaleza lo necesita para formar la materia, y en el desarrollo de las grandes masas de materia, pequeñas unidades no alcanzan a desarrollarse quedando en la escala de lo nanométrico (50,000 unidades nanométricas formarían el ancho de un cabello humano). Si esas pequeñas unidades de materia son suficientes para emitir un efecto, éste será reconocido como una propiedad del material, el cual sí podemos percibir como emisión de luz, o producción de electricidad o reacciones químicas.
Las propiedades que caracterizan a los nano-objetos se conocen como propiedades cuánticas y son producidas por unidades mínimas de energía llamadas cuantos. Estas unidades de energía sólo pueden manifestarse cuando la cantidad de átomos de un compuesto es muy pequeña, de tal manera, que cuando emite o absorbe energía, transfiere sus propiedades particulares a toda la materia con la que interactúa.
Así, una propiedad inherente a la materia y que se encuentre aleatoria en la naturaleza, es inducida a su control por diseño, para dotar a los materiales comunes de los atributos que confieren los fenómenos cuánticos de los nano-objetos.
Nanopartículas de cobre, plata o zinc en ungüentos potencializan la capacidad de sanar heridas en la piel, debido a que las bacterias y hongos no pueden reproducirse en el entorno donde estos materiales se han aplicado. El incremento en el mercado de productos que ofrecen la capacidad de repeler el agua con una pequeña aplicación sobre la ropa, el calzado, los metales e incluso sobre hojas de papel, se debe en parte a la capacidad que tienen las nanopartículas de óxidos cerámicos dispersadas, de incrementar la capacidad hidrofóbica de polímeros. Otras aplicaciones se pueden encontrar en el ámbito de la agronomía para el control de plagas con nanopartículas de plata, o la aplicación del grafeno en el ámbito de la optoelectrónica para la manufactura de fotovoltaicos, o del óxido de titanio para la remoción de contaminantes. Sin embargo, tal extensión de las aplicaciones y sus beneficios debe contar con un sólido respaldo a los consumidores de la nanotecnología; el contenido de los nano-objetos debe encontrarse debidamente informado en el etiquetado de los productos, como el tipo de nano-objetos y su concentración.
El etiquetado de los productos conteniendo nano-objetos se encuentra regulado en México desde el año 2015 bajo la norma mexicana NMX-R-13830-SCFI-2014; al ser una norma voluntaria y no obligatoria, se da lugar a que pululen “productos milagros” ostentando los beneficios de los nanomateriales sin algún tipo de regulación. De igual manera podría ocurrir que haya productos conteniéndolos sin aviso al consumidor, y que esto pueda producir algún perjuicio por el abuso en el consumo del producto, o en la falta de conocimiento en la disposición final de los residuos. Aún existe una brecha muy amplia que cubrir no solo en la comercialización de los productos sino en toda la cadena de valor.
Como una iniciativa nacional para la regulación de la Nanotecnología, la Dirección General de Normas conformó el Comité Técnico Nacional de Normalización en Nanotecnología y el Comité de Normalización Internacional Espejo del ISO TC 229, con la participación de la academia, las empresas y el Estado. Los comités están integrados por varios grupos de trabajo, entre los que destacan el que dimensiona el consumo y las implicaciones sociales de las nanotecnologías (GTCONSOC/TG02) y el de Nanotecnologías y Sustentabilidad (GTCONSOC/TG03). A los integrantes de estos Comités pueden dirigirse las inquietudes y dudas que surjan en torno a si los productos que se comercializan contienen nano-objetos o son un engaño. La información así obtenida se encuentra respaldada por argumentos científicos y comprobables.
Como individuos, la sociedad está facultada para monitorear los productos que consume y, por ende, promover y exigir información fidedigna en el etiquetado, no solo de los productos que contengan nano-objetos, sino para participar en el desarrollo de la normatividad que regula la actividad nanotecnológica, la prevención de riesgos y el beneficio al ambiente y a la humanidad.
* Delia Cristina Altamirano Juárez, egresada de la licenciatura en Ingeniería Física por la Unidad Azcapotzalco de la Universidad Autónoma Metropolitana; doctora en Ciencias por el CINVESTAV. Participante activo desde 2008 en el Comité Técnico Nacional de Normalización en Nanotecnología y el Comité de Normalización Internacional Espejo del ISO TC 229. deliaaltamirano@hotmail.com
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