
Los sindicatos, en particular los llamados sindicatos charros, están al borde de perder poder político luego de la reforma laboral en materia colectiva, aprobada el jueves pasado en el Senado de la República. Se logrará movilidad y adecuación a la nueva realidad económica mundial, se argumenta, aunque también hay voces de que la reforma refleja el desequilibrio actual entre la fuerza de trabajo (venida a menos desde hace décadas) y el poder de la parte patronal.
Si alguien pregunta cómo va la lucha de clases desde la clase trabajadora, habrá quien dirá que se pierde por goliza. No obstante, a partir de las peculiaridades mexicanas, esto paradójicamente significará que los trabajadores nacionales ya no serán captados por sindicatos blancos. En alguna medida recuperan su derecho a decidir.
La reforma constitucional determina desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje y sustituirlas por tribunales o juzgados laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas. Se crea un organismo descentralizado que será el encargado de atender audiencias de conciliación entre trabajadores y patrones.
Dos juristas exponen a Crónica lo que viene a raíz de esta decisión. Coinciden en que significa un parteaguas en la vida sindical. En cuanto a los casos que están en disputa actualmente, debe aclararse que las Juntas de Conciliación actuales no desaparecerán, hasta que no se resuelva el último asunto que tengan entre manos; ésta es la primera aclaración que hace el jurista Ernesto Beltrán Coria, al ser consultado por Crónica. “Los centros de conciliación tendrán personalidad jurídica y autonomía técnica y operativa, presupuestaria de decisión y de gestión, acudir a esta instancia será obligatorio antes de acudir a los tribunales”, aclara.
¿Qué efectos tendrá en la vida político-sindical el derecho de voto libre y secreto de los trabajadores para elegir dirigentes?, se le pregunta. “En primera instancia, la cuestión de quitarle el mando al sindicato para poder convocar a huelga, se les quita fuerza a los sindicatos, se le otorga a los trabajadores la fuerza de elegir su representatividad”, responde.
A decir del abogado Beltrán, los sindicatos “charros” o “blancos” desaparecen, pues el recuento de los trabajadores para la toma de decisiones se hace de manera previa. “Cambias las reglas del juego político, pues ya no tiene la fuerza de agrupación o de manipulación a los trabajadores, como se hacía con la cláusula de exclusión” (los trabajadores en lista negra del sindicato debían ser despedidos por el patrón).
Pero este cambio en las reglas laborales empieza a surtir efecto en las más altas esferas patronales. “La Coparmex ya manifestó su desacuerdo, es un sindicato patronal, y del otro lado la CTM estableció y reconoció que hay una limitante para convocar a huelga”, agrega el jurista.
Bajo las premisas que expone este abogado, se detectarían cuatro puntos de cambio:
1º. Se modifica la directriz de la legitimidad para representar a los trabajadores en una forma colectiva a través de los sindicatos.
2º. La necesidad de legitimación previa a un emplazamiento a huelga, con la conformidad de los trabajadores implicados.
3º. Los sindicatos, tanto nacionales como locales, tendrán una limitante, esto, en el poder de manipular o chantajear a una empresa con la amenaza de una huelga.
4º. Se daría pie a una vida sindical limitada, esto, si los trabajadores no tienen la fuerza para organizarse.
Ernesto Beltrán ve que existen presiones internacionales, concretamente de la Organización Internacional del Trabajo, para que nuestro país se sumase a una política sindical que garantice la transparencia y libertad sindical y haga efectivo el derecho de asociación. México tiene que cubrir determinados acuerdos, comenta. Estos acuerdos obligan a tener libre sindicalismo autónomo y con reglas internas que no manipulen la voluntad de los trabajadores para formar parte del sindicato o para ejercer el derecho de huelga.
Según el abogado, no se dio nunca oportunidad al sistema actual para que demostrara que podía ser útil: “Si se demandaba celeridad en las audiencias, esto no podía ser porque había un exceso de trabajo. Ahora menos, pues hay un organismo que obliga a los trabajadores a acudir a audiencia antes de ir a una controversia”. En este punto coincide Beltrán Coria, al decir que efectivamente se trató de la crónica de una extinción anunciada, toda vez que las instancias laborales fueron ignoradas, abandonadas y tuvieron recursos asignados muy por debajo de las exigencias de un Tribunal de esta naturaleza, sin el personal necesario, con poca capacitación, mal retribuido con respecto a otros tribunales.
Al final su colapso era más que previsible.
Copyright © 2016 La Crónica de Hoy .