Opinión

Cuarta transformación

El constituyente de la 4T

Morena

La presidenta Claudia Sheinbaum declaró que la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión (2024-2027) era el constituyente de la 4T, en el discurso pronunciado en la Plaza de la Constitución con motivo de su segundo informe de gobierno. Esta es una clara postura en contra de la transformación del derecho público, del periodo 1982-2018, que coincide con la visión de su predecesor López Obrador, quien sostuvo en varias ocasiones que, en el periodo neoliberal, mediante de cerca de 500 reformas, se privatizaron los bienes públicos y recursos naturales; se subordinó el desarrollo del país a intereses externos y se desmanteló gran parte del Estado de bienestar.

Independientemente que una legislatura federal no puede ser un órgano constituyente, requiere el concurso de la mitad de las legislaturas, según lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución, la narrativa oficial pretende marcar un rompimiento normativo con respecto al pasado neoliberal, que, paradójicamente, generó las condiciones democráticas institucionales para que la izquierda asumiera el gobierno.

En ese sentido, la 4T ha propuesto la reversión del derecho constitucional que el oficialismo denomina neoliberal y el regreso al texto original de la Constitución de 1917. Además, con la mencionada declaración se informa que en dos años de gobierno hubo una modificación sustancial de las reformas de ese periodo y se recuperó el modelo constitucional del Estado de social de derecho, benefactor o interventor forjado a partir de 1934, que se sostuvo con base en el corporativismo y clientelismo políticos de corte cardenista.

Dicha reversión, en opinión de sus opositores, sería el abandono de principios básicos del derecho constitucional y democrático de derecho, que une dos tradiciones constitucionalistas, la que concibe a la Constitución como reglas del juego claras, que asegura la autonomía de las organizaciones, las comunidades y los individuos en un marco de democracia, supremacía constitucional garantizada por los jueces y el respeto a los derechos humanos y aquella que identifica la Constitución con proyecto político de transformación social con base en un modelo incluyente y participativo con un equilibrio entre la autoridad y el mercado.

La transformación del derecho constitucional en el periodo 1982-2018 fue de tal magnitud que creó una institucionalidad distinta a la propia del Estado social de derecho, equiparable a la promulgación de una nueva Constitución. Esta circunstancia provocó la reacción expresada por los gobiernos de izquierda, que hoy pretenden su reversión, con las reformas en materia de poder judicial, energética, simplificación orgánica y supremacía constitucional, entre otras.

La institucionalización del Estado constitucional y democrático y el Estado regulador, como la pluralidad partidista, asi como el paradigma de los derechos humanos, la transparencia, la rendición de cuentas y la profesionalización de la función pública, entre otras instituciones, son elementos que permanecen en 2026, puesto que no han sido objeto de la reversión constitucional. Lo que matiza el radicalismo de la narrativa de la 4T.

La institucionalidad basada en la centralidad de la persona, la gobernanza, el gobierno abierto, la integración regional y la alternancia del poder ha sido objeto de un debate político-ideológico que favoreció electoralmente, en 2018 y 2024, a quienes han propuesto su reversión para recuperar los principios originales de la Constitución de 1917 y retomar como guía de la actuación estatal el interés público, el gobierno fuerte como representante del Pueblo, la seguridad nacional como factor para la reserva de información pública, la defensa a ultranza de la soberanía y la permanencia en el poder de una mayoría coyuntural que reivindica para sí y en exclusiva la voluntad del Pueblo. Si bien no hay un mandato expreso sobre las reformas, no hay una convocatoria a una asamblea, constituyente, la mayoría obtenida en las urnas, que está sobre representada en las Cámaras, fue suficiente para modificar la Constitución en un sentido que marca el regreso de la preminencia del Poder Ejecutivo, tal y como sucedía en el régimen autoritario de partido hegemónico del siglo pasado con el PRI.

No extraña, entonces, que el cambio constitucional de la 4T tenga sus defensores que lo denominan reversión y sus opositores que lo descalifican y llaman regresión constitucional.

En este contexto de polarización, la reversión constitucional impulsada por los gobiernos de la 4T enfrenta una institucionalidad construida con fundamentos en los principios de dignidad de la persona y el Estado responsable. Además, la globalidad supone que haya intereses comunes y valores universales compartidos más allá de las fronteras nacionales y que existen riesgos que no se controlan desde el aparato estatal soberano.

La idea de que en dos años y con 50 modificaciones se logra una nueva Constitución es debatible, pero marca un rumbo para los gobiernos de la 4T y sus seguidores. Todavía falta mucha labor de reconstrucción institucional para valorar si la ruta marcada por el constituyente de la 4T es legítima.

*Investigador del Instituto Mexicano de Estudios Estratégicos en Seguridad y Defensa Nacionales y del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores

cmatutegonzalez@gmail.com

Facebook.com/cmatutegonzalez

X @cmatutegonzalez

www.carlosmatute.com

La Crónica de Hoy 2026

Tendencias