Cultura

Bibliotecas no podrán poner a consulta pública obras sin autorización del autor

La SCJN falla a favor de 80 editoriales y autores. Aplica para copias de depósito legal y odena respetar "en todo momento" la Ley Federal del Derecho de Autor.

Del Déposito legal

Con esto la SCJN otorga seguridad jurídica en la aplicación de la Ley General de Bibliotecas.

Con esto la SCJN otorga seguridad jurídica en la aplicación de la Ley General de Bibliotecas.

Archivo.

La copia o digitalización de las obras que se publiquen en el país y se entreguen al depósito legal no podrán ser colocadas libremente en una computadora sin internet de la Biblioteca de México para su consulta pública, ya que será necesaria la autorización de su autor.

Así lo indicó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras resolver los amparos promovidos por más de 80 productores y autores de contenidos (de libros, canciones, películas y series creados en México) en contra de la Ley General de Bibliotecas, la cual abría la posibilidad de la piratería de obras.

Las dos sentencias de jueces de distrito (amparos en revisión 132/2022 y 164/2022) concluyeron que las bibliotecas depositarias deben respetar "en todo momento" la Ley Federal del Derecho de Autor.

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“Respecto a la autorización que los productores y autores otorguen de sus obras y que es claro que para efectos de consulta, puesta a disposición, copia o digitalización de las obras y publicaciones que se entregan en el Depósito Legal, la autoridad bibliotecaria debe sujetarse a las disposiciones aplicables de la Ley Federal del Derecho de Autor”, indicó la SCJN.

Es decir, “con previa autorización de los titulares de los derechos, las publicaciones y obras que conformen el depósito legal aludido pueden ser consultadas, puestas a disposición y, en su caso, digitalizadas únicamente para fines de conservación, con excepción de las publicaciones cuyos derechos hayan expirado o se ubiquen en las hipótesis de dominio público”.

A través de un comunicado, la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana (Caniem) explicó que las bibliotecas no podrán poner las obras y producciones para consulta pública sin la previa autorización de los titulares de derechos, como determinó la SCJN.

"Además de esta autorización que deben dar los titulares para la consulta pública de sus materiales, la SCJN salvaguardó su derecho a proteger esas obras y producciones con medidas especializadas", indicó la Caniem.

Al respecto la resolución de la SCJN fue que “se podrán implementar las medidas tecnológicas de protección efectivas y la información sobre la gestión de derechos tales como cualquier tecnología, dispositivo o componente que, en el curso normal de su operación, proteja el derecho de autor”.

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Con esto la SCJN otorga seguridad jurídica en la aplicación de la Ley General de Bibliotecas y salvaguarda los derechos de propiedad intelectual, añadió la Caniem.

"Brindándole razón al sector creativo frente a los reclamos contra el impreciso y ambiguo texto de la Ley General de Bibliotecas publicado en un inicio y que dio paso a que más de 80 editoriales literarias, autores, compañías disqueras y productores de cine y televisión presentaran amparos en contra de la Ley", enfatizó.

El origen del conflicto

El pasado mes de mayo, Rodrigo Borja Torres, titular de la Dirección General de Bibliotecas (DGB) de la Secretaría de Cultura, comentó a Crónica (03/05/2022) que habría una computadora sin internet en la Biblioteca de México, ubicada en la Ciudadela de la Ciudad de México, en donde los editores podrán depositar electrónicamente un ejemplar de cada uno de sus libros publicados.

Ante sus declaraciones, Quetzalli de la Concha, vicepresidenta del Centro Mexicano de Protección y Promoción de los Derechos de Autor (Cempro), señaló que a Ley General de Bibliotecas, incluyendo a la DGB, no cuenta "con la infraestructura ni para garantizar la seguridad de la administración de los archivos y mucho menos para garantizar que no habrá un uso indebido o ilícito de estos archivos”.

Por tal motivo, productores y autores de contenidos iniciaron el proceso legal de amparos en contra de la Ley General de Bibliotecas, resueltos hoy por la SCJN.