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SCJN declara constitucional reforma a salarios caídos

Limitar a un año el pago de salarios caídos por despido injustificado, fue declarado constitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Crónica de Hoy)

Limitar a un año el pago de salarios caídos por despido injustificado, fue declarado constitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Segunda Sala de la SCJN avaló la modificación al artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, que se realizó en 2012 en el marco de la polémica Reforma Laboral aprobada en la administración de Felipe Calderón Hinojosa, pues consideró que no viola los derechos humanos de los trabajadores.

“La reforma al artículo 48, párrafo segundo de la Ley Federal del Trabajo, al limitar a 12 meses máximo, el pago de salarios vencidos por despido injustificado en un juicio laboral, no transgrede el principio de progresividad”, concluyeron los ministros.

Los ministros Margarita Luna Ramos y Javier Laynez votaron en contra del proyecto que se discutió ayer.

La Segunda Sala consideró que el legislador no solamente estableció 12 meses de salarios caídos en caso de despido injustificado, sino que adicionalmente previó la obligación del patrón a cubrir intereses sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2 por ciento mensual, capitalizable al momento del pago.

Incluso, señalaron los magistrados,  estableció otras medidas con el propósito de desalentar toda práctica que tenga por objeto dilatar u obstaculizar sin justificación alguna, la resolución de un juicio laboral, con la evidente intención de tutelar los derechos del trabajador sin demérito de la conservación de las fuentes de empleo.

Indicaron que la acción por despido injustificado continúa siendo tutelada en la ley laboral, a través de la reinstalación o la indemnización por el importe de 3 meses, a elección del trabajador, así como sigue también previendo el pago de salarios caídos, pero ahora limitados hasta por un período máximo de 12 meses y al pago de intereses en los términos precisados.

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