De manera reciente se ha informado en la prensa sobre el decreto de la presidenta de la República, por el cual nombró a siete personas integrantes de la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral.
El decreto afirma que hoy, como en otros momentos históricos de nuestra Nación, cobra enorme importancia el respeto irrestricto del voto libre y de la voluntad popular como elementos centrales de la democracia, pues de aquellos dependen los demás derechos políticos.
También señala que antes hubo estabilidad política, pero no había voto libre y abundaba la represión y la corrupción. No obstante, al margen de tales consideraciones, se busca formar un sistema en el que todas las personas ejerzamos nuestros derechos en libertad y en democracia, y se reconozca como el poder del pueblo.
La Comisión Presidencial tendrá que convocar al país entero a pronunciarse, así como emplazar al país a intervenir con críticas, opiniones y análisis, mediante los métodos del debate público.
Ahora, como en todos los tiempos, no debe perderse de vista la libertad de expresión como un valor de la democracia y un derecho humano indispensable, pues solo así, con el mayor nivel posible de discusión pública, podría llegarse a cumplir la finalidad del decreto presidencial, es decir, el respeto del voto libre y de la voluntad popular.
Hay que recordar que la libertad de expresión es fundamental para la subsistencia de los sistemas democráticos, pues como lo han sostenido órganos internacionales, como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esta tiene dos dimensiones.
En una visión individual, garantiza la libre expresión de ideas, informaciones y opiniones a todas las personas.
En una visión colectiva, garantiza el derecho de la sociedad en su conjunto a recibir información e ideas de toda índole.
La libertad de expresión es tan importante, permite que cualquier persona se exprese libremente y también garantiza que las personas reciban toda la información posible para que cada una construya su propio proyecto de vida. Siempre debe buscarse reducir al mínimo las restricciones a la libre circulación de información, opiniones e ideas.
Con el paso del tiempo, su entendimiento se ha ensanchado hacia aspectos muy variados como el derecho a la identidad de género o religiosa, así como la libertad académica, libertad de expresión artística, el ejercicio del derecho de huelga, libertades sindicales, el ejercicio del derecho a presentar recursos judiciales y el derecho a la protesta, entre otros.
La libertad de expresión es un derecho detonador que permite el ejercicio de otros derechos, entre ellos, precisamente el derecho al sufragio y los político-electorales.
Vale la pena mencionar que determinadas expresiones tienen una mayor protección, por ejemplo, cuando existen ideas, opiniones, críticas o comentarios relacionados con asuntos de interés público o con personas que ocupan o buscan ocupar cargos oficiales, como son los señalamientos de corrupción, pues éstos tienen un vínculo con las instituciones democráticas, las cuales interesan a la ciudadanía, fomentan la trasparencia y promueven la responsabilidad de las personas en su actividad. Las acciones y omisiones del Estado y de las personas servidoras públicas deben sujetarse a un escrutinio riguroso, tanto por los órganos del Estado, como por la prensa y la opinión pública.
Ello, como lo marcan los estándares internacionales, sin pasar por alto que no solo debe garantizarse la difusión de ideas e informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también aquellas que chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población.
Aquí, el Estado debe de abstenerse con mayor intensidad de establecer limitaciones a estas expresiones, y ser éstas excepcionales; de lo contrario, se genera un efecto inhibidor que desalienta una deliberación vigorosa y abierta sobre temas de importancia pública.
Así, la libertad de expresión garantiza expresar y recibir cualquier tipo de información, pensamientos, opiniones e ideas, lo que no significa que no se encuentre algún límite; algo notorio serían los discursos relacionados con propaganda de guerra y apología del odio, así como la incitación al genocidio y la explotación sexual infantil, temáticas que por su naturaleza misma no abonan a la construcción de una sociedad sana y democrática.
De esta manera, ante una eventual reforma en materia electoral en México, garantizar la libertad de expresión es la piedra fundamental, es asegurar el perfeccionamiento de nuestro sistema electoral y afirmar el derecho y la oportunidad de elegir entre varias opciones, lo que supone la existencia de una oferta plural que forme alternativas políticas, sin obstáculos, porque la comunidad debe estar suficientemente informada a la hora de ejercer sus opciones.
Lo anterior, es claro, sin libertad de expresión no existe una libertad de participación política; por ello, es importante resaltar su interdependencia, ya que la libertad de expresión permite el ejercicio efectivo del derecho de voto, como lo he mencionado; al mismo tiempo que, un gobierno que no esté sujeto a la legitimidad del voto público seguramente no podría garantizar el goce efectivo de los demás derechos humanos.
En consecuencia, si el derecho de pensar por cuenta propia y compartir a otros nuestro pensamiento es la primera y más importante de nuestras libertades, y ello es indispensable para el funcionamiento de una democracia pluralista y deliberativa, no podemos renunciar a tal derecho, ni mucho menos permitir que se pongan límites en nuestro sistema electoral, más aún, cuando las personas funcionarias públicas están obligadas a ser las primeras en cuidar la libertad de expresión.