En la era de las redes sociales, todos tenemos micrófono propio.Y cuando el alcance es global, el poder que sostenemos en la palma de la mano es inmenso.
Imagina que, después de una discusión telefónica, alguien publica en redes que lo amenazaste. No hay grabación, no hay denuncia, no hay resolución judicial. Solo una afirmación lanzada al mundo digital, en cuestión de minutos, esa versión comienza a replicarse, a compartirse y a comentarse como si fuera un hecho probado.
O pensemos en el caso de un profesionista al que acusan públicamente de “robar” a sus clientes, sin una sola prueba que respalde esa afirmación. Hoy basta con un comentario, una llamada, una historia, una captura de pantalla compartida fuera de contexto para que la reputación de alguien quede expuesta ante cientos o miles de personas. Y lo más preocupante no es que opinemos -porque eso es sano-, sino que muchas veces confundimos opinión con acusación.
Aquí es donde entra el derecho. En México, la difamación como delito penal ha desaparecido en la mayoría de los estados, pero eso no significa que no haya consecuencias ni que el mundo digital sea tierra de nadie. Lo que muchas personas desconocen es que, aunque ya no sea un delito, sí puede generar responsabilidad civil por daño moral.
¿Y qué es el daño moral? En palabras sencillas, es cuando se afecta la honra o la imagen de una persona mediante hechos falsos o no acreditados. En redes sociales esa difusión puede ser inmediata y masiva, pero la ley ofrece una salida: la reparación del daño.
Para quien se siente vulnerado, el camino es la vía civil. No se trata de una denuncia para encarcelar a alguien, sino de una demanda para exigir que se reconozca la falsedad de lo dicho y, en su caso, se pague una indemnización económica. La solución legal busca dos cosas: limpiar el nombre del afectado y sancionar la irresponsabilidad del emisor.
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En este sentido, es vital distinguir que no es lo mismo decir “no me gustó el servicio” que afirmar “esa persona roba”, la libertad de expresión protege ideas y opiniones, pero no la difusión de hechos ilícitos no acreditados. Por ello, la prueba es la clave.
- Si te difaman, documenta (capturas, enlaces, testimonios).
- Si vas a publicar, asegúrate de tener el respaldo de lo que afirmas.
A veces creemos que al dar repost o amplificar un contenido ajeno estamos exentos de responsabilidad. Sin embargo, en esta cultura de la viralidad inmediata, donde cancelamos en minutos lo que no hemos investigado en horas, y lo hacemos bajo la falsa sensación de que el mundo digital es un espacio sin consecuencias. No es así.
Las demandas por daño moral sí existen. Y los procesos legales con consecuencias reales, también.
Desde Derecho en Perspectiva, sostengo que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero su verdadera fuerza reside en su ejercicio responsable. El límite comienza donde la reputación de otro se destruye sin pruebas.
Los invito a que usemos nuestra voz para construir, no para destruir. Porque en la era de la información, el verdadero poder no está en quién grita más fuerte, sino en quién sostiene la verdad con mayor firmeza, y eso es lo que, al final, mantiene firme nuestra credibilidad.
@kaarinacano
