Guadalajara

La mayoría asume que sí. Que si no dijiste nada, si volteaste a la cámara o posaste, el lugar tiene derecho a subir esa fotografía a Instagram, Facebook o cualquier otra red social. Pero jurídicamente, el tema no es tan simple

Derecho en Perspectiva: ¿Un bar puede subir tu foto sin permiso?

Imagínate que una noche estás en un antro, en un bar o en algún evento con amigos, la música suena, en eso, alguien apunta una cámara hacia tu mesa y tú sonríes sin pensarlo demasiado dejándote llevar por el momento. La foto sale bien, todos siguen la fiesta y la noche continúa.

Al día siguiente, entre la resaca y la cruda moral, te metes a tu Instagram y descubres que tu cara aparece publicada en las redes sociales del lugar. Y entonces se presenta el cuestionamiento:

¿Haber sonreído para la foto significa que autorizaste que usaran tu imagen públicamente?

La mayoría de las personas asume que sí. Que si no dijiste nada, si volteaste a la cámara o incluso si posaste, automáticamente el lugar tiene derecho a subir esa fotografía a Instagram, Facebook o cualquier otra red social para promocionarse. Pero jurídicamente, el tema no es tan simple.

En México, el derecho a la propia imagen forma parte de los llamados derechos de la personalidad. En otras palabras, cada persona tiene derecho a decidir cómo, dónde y para qué se utiliza su imagen. Y ahí está el punto de quiebre: una cosa es aceptar tomarte una foto en el momento, y otra muy distinta es autorizar el uso posterior de esa imagen con fines de publicidad o promoción comercial.

Muchas veces estas fotografías parecen inocentes o normales, pero la realidad es que los bares, antros y restaurantes rara vez las publican por casualidad. Las utilizan para proyectar una determinada imagen del negocio: diversión, exclusividad, ambiente, prestigio o estilo de vida. En otras palabras, de manera consciente o no, terminas formando parte de la estrategia comercial de alguien más, sin que te den siquiera algún beneficio a cambio.

Ahora bien, tampoco significa que automáticamente puedas demandar cada vez que aparezcas en una historia o publicación. Como casi todo en el derecho, depende del contexto. No es lo mismo una fotografía incidental en un evento público que una imagen claramente enfocada en una persona con fines promocionales. Tampoco es igual si el establecimiento contaba con avisos visibles sobre el uso de imagen, o si la publicación afecta la privacidad, reputación o dignidad de alguien.

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Lo que sí es importante entender es que sonreír para una cámara no equivale a renunciar al control sobre tu imagen. Y mucho menos significa que pierdas el derecho de solicitar que una publicación sea eliminada si ya no deseas aparecer en ella. Cuando una persona solicita razonablemente que una imagen sea retirada y el establecimiento insiste en utilizarla para promocionarse, pueden surgir cuestionamientos jurídicos relacionados con el derecho a la propia imagen, la privacidad e incluso posibles afectaciones de carácter patrimonial o moral.

Tan relevante es este tema que la Suprema Corte acaba de resolverlo: si alguien usa tu imagen sin permiso para promocionar su negocio, puede terminar pagando una indemnización considerable. El mensaje del máximo tribunal es claro — tu imagen tiene valor, y usarla sin tu consentimiento tiene un costo.

Desde Derecho en Perspectiva sostengo que compartir una fotografía puede parecer algo cotidiano, pero permitir que alguien utilice nuestra imagen para promover un negocio es una decisión que sigue correspondiendo, en primer lugar, a cada persona. Porque detrás de cada fotografía no hay un elemento de decoración, hay una identidad, una reputación y un derecho que merece ser respetado.

La pregunta es cuándo fue que normalizamos que cualquiera puede usar nuestra cara para vender algo, sin preguntarnos.

Tu cara no es parte del mobiliario del bar.

Karina Santillán Cano, abogada y columnista legal ciudadana

@kaarinacano

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