Metrópoli

Publican reformas a la Ley de regulación de plataformas de alojamiento como Airbnb

Las nuevas normas establecen que se deberá crear un padrón de anfitriones, es decir, un registro de personas físicas o morales que ofrecen el servicio

Publican reformas a la Ley de regulación de plataformas de alojamiento como Airbnb

Lo que se busca es que esta regulación permita generar condiciones de certidumbre jurídica y también de seguridad y salubridad

Especial

El Gobierno de la Ciudad de México publicó en su gaceta oficial las reformas a la Ley de turismo en cuanto a la regulación de plataformas de alojamiento, las cuales tienen la finalidad de evitar la gentrificación y que los habitantes de la capital sean desplazados por las nuevas maneras de hospedaje.

La iniciativa fue enviada al Congreso capitalino en el 2023 y en marzo del presente año fue aprobada por unanimidad.

Las nuevas normas establecen que se deberá crear un padrón de anfitriones, es decir, un registro de personas físicas o morales que ofrecen el servicio.

Asimismo, exige la creación de un padrón de plataformas tecnológicas, es decir, un listado de aplicaciones digitales, páginas de internet y redes sociales majeadas por una persona física o moral que se identifique como propietario o administrador.

Con ello, se finiquitan problemáticas en la zonas que ofrecen este tipo de servicios, como la gentrificación, el incremento de rentas, la inseguridad que viven los usuarios, la contaminación ambiental que generan los visitantes, la competencia desleal y la falta de equidad fiscal.

Sin excepción, todas las plataformas y administradores estarán obligados a registrarse en el padrón y exhibir en sus aplicaciones, la constancia y folio del registro. En adición, cada seis meses — en enero y julio — deberán facilitar a la Secretaría de Turismo, un reporte del número de veces en las que se han rentado los inmuebles, la cantidad de noches ocupadas durante el periodo y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

En suma, las autoridades podrán vigilar el uso adecuado de todos los inmuebles en los que se presta el servicio de estancia turística eventual, conforme a la base de datos en los que se exhibe la afiliación al padrón.

Adicionalmente, la Secretaría de Turismo deberá informar a los vecinos sobre el uso comercial de los inmuebles, así como entregar a los arrendatarios información detallada sobre las características del lugar, precios y reglas de uso.

Igualmente, las autoridades tendran que verificar que las actividades que ocurren en las viviendas no alteren el orden público o interés social de las comunidades y por último, los prestadores están obligadosna cumplir con el pago del impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto sobre la Renta (ISR).

A partir de la publicacion, los sujetos obligados deberan de darse de alta en el padrón de anfitriones con su nombre, denominación o razón social y nacionalidad.

Además, adjuntar su identificación oficial vigente con domicilio o carta bajo protesta de decir verdad que habita el domicilio donde se encuentran los cuartos que se ofertan en las plataformas tecnológicas. Asimismo, el documento con el que acredita la propiedad, administración o posesión de los inmuebles.

Igualmente, la cédula de Registro Federal de Contribuyentes, la constancia de situación fiscal, constancias de no adeudos de predial y agua de las viviendas registradas.

También, la carta bajo protesta de decir verdad en la que se indique que el inmueble cumple con las medidas de seguridad y protección civil, acuse de notificación a la Asamblea General de Condóminos de la prestación del servicio de Estancia Turística Eventual en caso de que el lugar se encuentre al interior de un condominio; carátula de la póliza o documento que acredite el seguro de responsabilidad civil y número telefónico y correo electrónico para recibir y resolver quejas.

"Dentro la publicación de la ley se contempla un transitorio que nos da un máximo de 150 días naturales para realizar el Reglamento de la Ley de Turismo; sin embargo, lo que nosotros proponemos, es hacerlo un poco más rápido que eso. El desarrollo tecnológico para la plataforma de registro, tanto de plataformas como de inmuebles, estimamos nosotros poder tenerlo listo en dos meses más o menos, tal vez un poco menos; y a partir de que esté disponible, de que lo publiquemos, de que efectivamente esté operando, las plataformas tienen cierto tiempo primero, para ellos registrarse y luego para que los inmuebles se registren", explicó Eduardo Clark, titular de la Agencia Digital de Innovación Pública.

Y agregó: "Es decir, en el momento en el que la plataforma esté disponible no significa que ese día se tienen que registrar todos, sino se les da este periodo, que tú ya mencionas, de hasta 90 días –si no me equivoco–, para que ellos se vayan registrando paulatinamente. Esa es la primera parte".

La segunda parte en términos de vigilancia, detalló, es que a través de las propias plataformas digitales y de los inmuebles, cada seis meses recibirán un reporte de los inmuebles registrados y de las noches ocupadas.

"Entonces, digamos que las plataformas digitales nos van a decir: `Estos son los inmuebles que yo tengo registrados en Airbnb, en Expedia, etcétera y estas son las noches que tuvieron de ocupación cada uno de ellos´. Nosotros vamos a cotejar que todos los inmuebles que nos reporten las plataformas, efectivamente estén registrados en nuestro padrón y en caso de no estarlo, vamos a notificar a las plataformas que los inmuebles no cumplen para que las plataformas los den de baja".

Dio que actualmente y desde hace ya varios años, las empresas como Airbnb, Expedia, que son las que concentran el 90 por ciento de este mercado,  pagan impuestos en la Ciudad de México a través del Impuesto al Hospedaje que ustedes, que es el 5 por ciento de cada noche.

"Es decir, ellos ya han venido a regularizarse, a básicamente crear una empresa legalmente constituida en México y pagar impuestos, lo que esperamos es que las otras plataformas más pequeñas hagan lo mismo si quieren operar en la Ciudad de México; es decir, se pongan al corriente de sus obligaciones fiscales para operar como cualquier empresa opera en México, igualmente con los que tengan un inmueble", señaló.

Añadió que lo que se busca es que esta regulación permita generar condiciones de certidumbre jurídica y también de seguridad y salubridad, pero también de certidumbre jurídica en términos fiscales, de que quien tenga un inmueble efectivamente pague sus contribuciones.