Nacional

Corte avala que Congresos locales decidan sobre desafuero de gobernadores

Por mayoría de votos, el pleno del máximo tribunal del país coincidió en que la negativa del Legislativo estatal para remover el fuero constitucional de un servidor público sólo implica aplazar el inicio del proceso penal federal; "el fuero se termina en cuanto dejan el cargo", dice resolución 

tamaulipas

La ministra Margarita Río Farjat resolvió una acción de inconstitucionalidad presentada por el jefe del Ejecutivo.

La ministra Margarita Río Farjat resolvió una acción de inconstitucionalidad presentada por el jefe del Ejecutivo.

Foto: Cortesía

“El proyecto no constituye un manto de impunidad. Es una expresión que firme y respetuosamente no comparto. Debemos tener cuidado de hablar de impunidad”, pidió la ministra Ana Margarita Río Farjat al presentar su proyecto de resolución respecto a que corresponde sólo a los Congresos locales decidir sobre el desafuero de sus gobernadores y otros funcionarios o servidores públicos.

A la ministra le fue asignado el análisis de la acción de inconstitucionalidad 112/2021, promovida por el Poder Ejecutivo federal, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Constitución de Tamaulipas sobre la figura del desafuero o que se despoje al servicio público de la inmunidad procesal penal.

Los Congresos locales pueden establecer que sus decisiones, en dicha materia, serán definitivas e inatacables, pero sólo dentro del ámbito estatal.

“La decisión no se trata de ningún funcionario en particular (respecto al exgobernador de esa entidad, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, ni de su fuero o inmunidad, ni implica impunidad ni “blindaje” nacional”, dijo Ríos Farjat.

El debate se extendió por los argumentos en contra que expusieron las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres.

En favor, se pronunciaron ocho ministros del pleno, quienes coincidieron en que la negativa del Legislativo estatal para remover el fuero constitucional de un servidor público sólo implica aplazar el inicio del proceso penal federal. “El fuero se termina en cuanto dejan el cargo”, aseguró la ministra Ríos Farjat.

La Suprema Corte de Justicia validó los artículos 84, párrafo tercero, de la Constitución y 44, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ambas de Tamaulipas.

“La Constitución federal permite a los congresos de las entidades federativas ejercer de manera soberana facultades como órganos terminales, respecto de procedimientos tales como la declaratoria de procedencia”.

Con esta aprobación, la Corte estableció además que las disposiciones analizadas no violan el principio de no retroactividad, pues no se creó una ley con efectos retroactivos en perjuicio de persona alguna.