Nacional

Da Corte hasta siete años para defender en amparo derechos agrarios

Yasmín Esquivel Mossa expuso que la jurisprudencia del máximo tribunal del país reconoce progresivamente que el amparo en materia agraria brinda protección no sólo a ejidos y comunidades, sino también a 
ejidatarios y comuneros

RESOLUCIÓN

Yasmín Esquivel, ministra de la SCJN./

Yasmín Esquivel, ministra de la SCJN./

Cuartoscuro

Por unanimidad de votos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los posesionarios gozan de un plazo de hasta siete años para defender en amparo sus derechos agrarios.

Al presentar el proyecto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que la jurisprudencia de la Corte ha ido reconociendo progresivamente que el amparo en materia agraria brinda protección no sólo a ejidos y comunidades, sino también a individuos, como ejidatarios, comuneros y demás sujetos del derecho agrario que aspiren a adquirir esas calidades, como es el caso de los posesionarios.

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Consecuentemente, se resolvió que cuando los posesionarios reclamen actos que tengan o puedan tener por efecto privarlos total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de sus derechos agrarios, podrán promover el juicio de amparo en el término especial de siete años previsto en el artículo 17, fracción III, de la Ley de Amparo, sin importar que dicho precepto sólo haga referencia a los núcleos ejidales o comunales, y no así a los sujetos individuales del derecho agrario.