Nacional

Plantean multas y no quitar registro a precandidatos incumplidos

El PT impulsa imponer
 amonestaciones o sanciones de hasta cinco mil veces la UMA a quien no entregue informe de ingresos y gastos en precampaña

Cámara de diputados 

El diputado petista considera excesiva la medida de cancelar el registro de una candidatura por incumplir con informe a tiempo de ingresos y gastos en precampaña.

El diputado petista considera excesiva la medida de cancelar el registro de una candidatura por incumplir con informe a tiempo de ingresos y gastos en precampaña.

Foto: Archivo

Al considerar como excesiva la medida de cancelar el registro como candidato a quienes en el periodo de precampaña hayan incurrido en el incumplimiento de informar sus ingresos y gastos, desde del PT impulsa que hay flexibilidad en la ley, y se imponga una amonestación pública o una multa de hasta cinco mil veces la UMA (este año su valor es de 108.57 pesos), a quienes no entreguen a tiempo su informe de ingresos y gastos de precampaña.

El legislador Pedro Vázquez González plantea en una iniciativa agregar esta propuesta en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Indica que "en caso de que una precandidatura no entregue su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva será sancionado conforme a su iniciativa que ser aprobada se incluiría en el artículo 456 de la citada ley.

"Las sanciones son: amonestación pública (fracción I) y multa de hasta cinco mil veces la UMA (fracción II)".

En un comunicado, Vázquez González dijo que es excesiva la medida de cancelar o impedir el registro de una candidatura por incumplimiento en la obligación de la transparencia de los recursos en el periodo de precampaña.

De acuerdo con la ley que rige actualmente los procesos electorales, se advierte que si un precandidato incumple esa obligación (entrega de informe de ingresos y gastos) no podrá ser registrado legalmente como candidato, "lo que puede resultar excesivo pues, aunque en ciertas circunstancias determinadas conductas son acreedoras a sanciones, éstas deben ser proporcionales a la falta cometida", expone esto último el diputado del PT.

"L pérdida del derecho a ser registrado o del registro como candidata o candidato por no cumplir con los informes de ingresos y egresos, constituye una restricción prevista en el artículo 35 constitucional, pues si bien es cierto lo que se busca con la sanción es proteger la fiscalización y la rendición de cuentas, pero no con la imposición de una medida que resulte tan grave que viole un derecho humano. Además, enfatiza, resulta cuestionable a la luz del principio de proporcionalidad que señala el artículo 22 de la Carta Magna", según su argumento para modificar la LEGIPE.

Critica que la pérdida o cancelación de registro limita el ejercicio del derecho humano a ser votado, porque -dice- no es la única opción para castigar esa conducta.

“Las sanciones por no cumplir con los informes de fiscalización deben ser proporcionales y justas, buscando asegurar la rendición de cuentas, sin imponer barreras excesivas al ejercicio de los derechos políticos. Existe la necesidad de encontrar un equilibrio entre estos dos aspectos, reconociendo la importancia de ambos y buscando soluciones que protejan tanto el derecho humano a ser votado, como la necesidad de garantizar la transparencia y la legalidad en el proceso electoral".

Pedro Vázquez considera que la sanción de la pérdida o cancelación de registro no favorece a la persona, pues la autoridad electoral debe preferir la que haga la ley acorde a los derechos humanos.

“Una restricción total del derecho al voto, aplicable de forma genérica a todo un grupo, sin considerar la naturaleza de la gravedad de la conducta, el daño provocado o las circunstancias particulares, puede ser incompatible con los derechos humanos”.

Estas disposiciones -señala el diputado- no cumple con el supuesto de ser el que menos restringe un derecho humano, ni el que más favorece a las personas, ya que no es la única consecuencia que la ley electoral establece, sino que existen otras que pueden servir para corregir las conductas omisivas y garantizar transparencia y rendición de cuentas.

En el actual proceso electoral ha sido la violencia la que ha impedido en las más de las veces que un aspirante continúe en el proceso electoral, porque han sido asesinados.