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Suprema Corte varía criterio utilizado en 2005 para desafuero de AMLO

La ministra Yasmín Esquivel Mossa puntualizó que en aquel año la mayoría del Pleno de la Corte determinó que las resoluciones de desafuero dictadas por la Cámara de Diputados respecto de servidores públicos locales eran definitivas y no podían ser desconocidas por los Congresos locales

sesión del pleno

La ministra Yasmín Esquivel Mossa durante la continuación del debate sobre si Congresos locales pueden revertir desafueros dictados por la Cámara de Diputados.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa durante la continuación del debate sobre si Congresos locales pueden revertir desafueros dictados por la Cámara de Diputados.

Foto: Cortesía

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó diversas porciones de la Constitución de Tamaulipas y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Tamaulipas, que facultan a la Legislatura local para oponerse de manera definitiva a las resoluciones de la Cámara de Diputados que autoricen proceder penalmente contra servidores públicos estatales por la comisión de ilícitos federales.

Desde el pasado martes inició un largo debate entre los Ministros de la Corte respecto a si los congresos de las entidades federativas pueden revertir los desafueros dictados por la Cámara de Diputados respecto de funcionarios locales. Finalmente, por mayoría, el pleno determinó que las legislaturas estatales sí cuentan con esa facultad.

Sin embargo, en la sesión de hoy, la ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que la Suprema Corte se estaba apartando de un precedente de 2005, donde el Pleno estableció que las resoluciones de desafuero de la Cámara de Diputados eran definitivas y terminales, inclusive cuando se refirieran a servidores estatales, y que, por tanto, a las legislaturas locales sólo les correspondía determinar si el funcionario acusado enfrentaría el proceso penal separado o no de su cargo.

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El precedente se trata de la controversia constitucional iniciada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en contra de la Cámara de Diputados por el desafuero del entonces Jefe de Gobierno y actual Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

En aquel caso, el Pleno de la Suprema Corte determinó desechar la controversia al considerar que las decisiones de la Cámara de Diputados que autorizan proceder penalmente contra servidores públicos estatales son definitivas por así disponerlo expresamente la Constitución.

Ahora, la Corte dio un giro y determinó que los congresos de las entidades federativas deben revisar las resoluciones de desafuero que dicte la Cámara de Diputados contra funcionarios locales, con voto en contra de las Ministras Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Batres Guadarrama.