Metrópoli

Paga Obras hasta $59 mil por vehículo dañado por bache

El monto de esta indemnización dependerá del daño que haya sufrido el vehículo, el cual debe de estar avalado por una autoridad ministerial ◗ El Gobierno de la Ciudad pagó seis millones 141 mil 574 pesos a 574 automovilistas que realizaron el reclamo correspondiente el año pasado

Charco de agua en un camino de tierra
Charco de agua en un camino de tierra Charco de agua en un camino de tierra (La Crónica de Hoy)

De 800 hasta 59 mil pesos pueden reclamar los automovilistas a la Secretaría de Obras y Servicios (Sobse) por caer en un bache.

El monto de esta indemnización dependerá del daño que haya sufrido el vehículo, el cual debe de estar avalado por una autoridad ministerial. Tan solo el año pasado, el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Sobse, pagó seis millones 141 mil 574 pesos a 574 automovilistas que realizaron el reclamo correspondiente.

Para poder acceder a esta indemnización, el afectado debe levantar una denuncia ante el Juez Cívico o el Ministerio Público de la delegación en donde sufrió el accidente. Será la autoridad ministerial quien determine si el daño que presenta el vehículo fue ocasionado por un bache.

Si la autoridad lo confirma, el automovilista debe presentarse a la Unidad Departamental de Servicios Generales de la Sobse, ubicada en Avenida Tezontle 8, casi esquina con Rio Churubusco, en la colonia Los Picos Infonavit, delegación Iztacalco, con los siguientes documentos:

Denuncia presentada ante el Juzgado Cívico o Ministerio Público con dictamen favorable; escrito dirigido a la Dirección General de Servicios Urbanos, como responsable del daño ocasionado solicitando la reparación; presupuesto de la reparación, el cual debe estar expedido por una casa comercial o agencia y el cual deberá desglosar materiales, refacciones y mano de obra.

Además, si el automovilista pagó para reparar su vehículo, deberá sustentar por escrito la causa y anexar facturas originales a su nombre o recibo, también deberá presentar copia de factura del vehículo o carta factura a su nombre, copia de tarjeta de circulación, licencia de manejo, credencial del INE, comprobante de domicilio, fotografías del accidente y/o de los bienes dañados y llenar un formato para el trámite del pago.

Y DESPUÉS. Una vez que es recibido el reclamo, es canalizado a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales en la Oficialía Mayor para que autorice el pago correspondiente. El trámite dura 30 días hábiles.

La Dirección General de Servicios Urbanos (DGSU) de la Sobse contrató una póliza de seguro integral para estos casos, los cuales entran en el apartado de “Responsabilidad Civil Municipal”, en el cual se establecen los mecanismos para indemnizar a los ciudadanos en caso de que sus bienes o personas sean afectados por la infraestructura urbana de la ciudad.

Esta reclamación sólo es válida en la red primaria de la ciudad y no aplica a los conductores que circulen en estado de ebriedad o bajo el uso de drogas. Tampoco aplica el reclamo si se cometió una infracción al reglamento de tránsito.

La Oficina de Aseguramiento y Siniestros de la Sobse señaló que actualmente sólo tienen pendientes seis casos de indemnización ocurridos en 2015, pues los automovilistas no se han  presentado a recoger su pago.

Hasta el primer trimestre de 2016, sólo se reportó un reclamo por la cantidad de tres mil pesos, pues el vehículo afectado sufrió daños en dos neumáticos. Los reclamos más comunes son por daños en rines, neumáticos, facias y suspensiones.

En 2014 el monto de compensaciones fue de cinco millones 416 mil 878 pesos para cubrir los daños a 588 autos; para el 2013, fueron entregadas 483 indemnizaciones por un monto de tres millones 890 mil 605 pesos.

Para considerar

Las cantidades a pagar dependen de los desperfectos ocasionados por el bache, por lo que los montos pueden ir de los 800 hasta los 59 mil pesos.

La indemnización sólo es válida para la red vial primaria por daños causados por el mal estado de la infraestructura o en los siguientes casos: señalamientos, baches, coladeras desniveladas por trabajos de asfalto, áreas verdes, elementos del alumbrado público y del mobiliario urbano.

No aplican para registros en mal estado o sin tapa, alcantarillados en mal estado, semáforos, poste de luz y telefonía, respiraderos u obras autorizadas por las delegaciones.

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