Opinión

La materia electoral

Los asuntos electorales son de naturaleza polémica. Sería complicado pensar en un escenario en que las reglas, las costumbres, los procedimientos que usamos para elegir a nuestras y nuestros representantes sean pacíficamente aceptados y cumplidos sin dudas ni discusiones.

Pero, cuando hablamos de asuntos electorales, ¿a qué nos referimos?

En primer lugar, a la selección de nuestro cuerpo gobernante. Las reglas para que una persona pueda postularse a un cargo público, los requisitos que deba cumplir, la manera en que tiene que demostrarlo; también, las normas y procedimientos de los partidos políticos para seleccionar sus candidaturas. Desde luego, también entran aquí las candidaturas independientes, que son aquellas que obtienen el derecho a participar en los comicios gracias al apoyo ciudadano.

En segundo lugar, a la integración y funcionamiento de los órganos electorales. Nuestro modelo tiene autoridades encargadas de la parte administrativa, mientras que otras se ocupan de los juicios en la materia; las primeras realizan labores como la educación cívica, la capacitación electoral, la ubicación de las casillas, la geografía electoral, el diseño e impresión de las boletas así como de todo el material electoral; también se ocupan de la administración de los tiempos en radio y televisión para efectos de propaganda política, y del financiamiento público así como la fiscalización de los partidos y candidaturas.

Las autoridades judiciales electorales tienen como razón de ser la tutela de los derechos político-electorales; también resuelven los litigios que surjan con motivo de la validez de las elecciones, o del cumplimiento de los requisitos para acceder al cargo.

En tercer lugar, la materia electoral se materializa en los derechos político-electorales. Estos que nos permiten participar como electores y electoras, opinar de cuestiones públicas, enterarnos de lo que hacen los partidos y candidaturas, asociarnos con las demás personas para participar activamente en la política, y desde luego, obtener la credencial para votar, que es además el documento para acreditar la ciudadanía mexicana por excelencia.

También es asunto electoral la constitución de partidos políticos. Estas instituciones que son necesarias para nuestra democracia representativa, respecto de las cuales se debe establecer en las normas los requisitos para organizarlos, los derechos mínimos, así como las obligaciones de su militancia, las bases para su estructura, también los órganos internos mínimos con que todo partido debe contar.

Desde luego, es asunto comicial lo relativo propiamente a las elecciones. Las etapas en que se deben desarrollar, los procedimientos a desahogar, lo que se puede y no se puede hacer en materia de propaganda, el acceso a radio y televisión, entre otras cuestiones.

Por último, también considero materia electoral los mecanismos de democracia participativa, tales como las consultas populares, los referéndums, los plebiscitos y presupuestos participativos.

Como puede usted observar, hablar de materia electoral es ocuparse de una amplia panoplia de temas, que, si bien comprenden instalar físicamente las casillas, van mucho más allá, particularmente en nuestro país, que se distingue por una regulación prácticamente rococó en cuanto a compleja y recargada.

Rumbo a las elecciones en Edomex

Elecciones en México

Cuartoscuro
Lee también