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Ley de ciencia: Anuncia SCJN que resolverá sobre su inconstitucionalidad

La Corte solicitó aplazar resolución de amparos hasta que los ministros resuelvan si la Ley General es constitucional · Es una noticia favorable para amparados, dice Joan Ochoa, de Uniendo Caminos

Política en ciencia

Joan Ochoa prevé que la Ley General de Ciencia será declarada inconstitucional debido al proceso legislativo y errores en sus artículos.

Joan Ochoa prevé que la Ley General de Ciencia será declarada inconstitucional debido al proceso legislativo y errores en sus artículos.

Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció su intervención en la resolución de la inconstitucionalidad de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, promovida por el poder Ejecutivo y aprobada bajo un dudoso proceso legislativo en abril pasado.

La SCJN anunció que, “con el fin de preservar el derecho a la seguridad jurídica de quienes han interpuesto diversos amparos en contra del decreto por el que se expide la Ley (…) La Corte determinó el aplazamiento en su resolución hasta en tanto no se resuelva la acción de inconstitucionalidad 126/2023 y su acumulada 128/2023”.

 “Es decir, que se resolverá una sola”, explica Joan Ochoa, vocero de la organización de activismo legal Uniendo Caminos, que ha liderado, junto con la organización de científicos Ciencia Plural Mx, la obtención de amparos de investigadores en distintos estados contra las acciones de la Ley General, elaborada por Conahcyt, mediante la cual lograron una suspensión definitiva por parte de un juez federal.

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En el Acuerdo General Plenario 6/2023 –cuando el consejo de la judicatura se reúne– , publicado el pasado 11 de septiembre, “se determina que en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito en los que subsista el problema de constitucionalidad del decreto señalado, se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta hasta que el Pleno de este Tribunal Constitucional establezca el o los criterios respectivos, y se emita el acuerdo correspondiente”, refiere el comunicado 322 de la SCJN.

Lo anterior quiere decir que, en tanto no haya una resolución en el tema, la SCJN necesita deliberar al respecto para indicar cuál será, agrega Ochoa Sada. “Es un comunicado que, a la parte que estamos promoviendo, nos beneficia porque indica que el tema ya llegó a la Suprema Corte y están analizándolo por ser de interés general y social, por lo que serán los ministros quienes determinen sobre si la Ley General de ciencia es constitucional o no”.

El comunicado de la Corte agrega que el Pleno “puede aplazar la resolución de juicios de amparo pendientes de resolver en los que se plantean cuestiones que serán definidas posteriormente por ésta”.

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Joan Ochoa explica que esto es para evitar una contradicción. “Como hay amparos que ya están en recurso, la SCJN generaría la facultad de atracción cuando un tema está en controversia para no tener diferentes resultados, es decir para que no haya un criterio dispar. La Corte nos dice: ‘espera a que resuelva yo para que te indique qué es lo que resolví y ayude en el mismo sentido’”.

Es una indicación de que los ministros resolverán el tema para que, lo que está en proceso se detenga hasta entonces, se paralicen los juicios y se dicte sobre la constitucionalidad de la ley, ahonda el abogado. “Tengo estimado que la Ley General de Ciencia se declarará inconstitucional por los factores desde el proceso legislativo, así como muchos artículos que son inconstitucionales que perjudican a la parte quejosa. Que la SCJN resuelva beneficia a nuestra parte”.

Detener las resoluciones pendientes de los tribunales colegiados tiene como antecedente la respuesta del Poder Legislativo y del Ejecutivo tras la obtención de la suspensión definitiva mencionada, motivo por el cual interpusieron un recurso. “Esto motivó a que salga ahora este acuerdo para evitar que haya criterios diferentes (…)

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“La SCJN emite este comunicado porque de cierta manera afecta al Congreso y al Presidente. A nosotros, como quejosos, esta interrupción procesal resulta positiva. Será la SCJN quien resuelva las acciones de inconstitucionalidad, ahí sabremos si se ganó o no el juicio”.

El acuerdo referido por la SCJN se puede consultar en la siguiente liga: https://bit.ly/48e1Rc2.

Acuerdo de la SCJN.

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