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En caso de muerte, quién paga tu crédito de Infonavit

El instituto aclara que todos los créditos del Infonavit cuentan con un Seguro por Fallecimiento, con el que se liquida la deuda si el acreditado muere

Especial

El Infonavit recuerda que si el titular de un crédito para la vivienda muere, hay un seguro que liquida el adeudo. Es importante que los beneficiarios lo sepan y no sean sorprendidos  

La muerte es un suceso que no se puede prever o posponer y tampoco sabemos cuándo va a llegar ese momento. Pero ante lo inevitable, lo que sí pueden hacer todos aquellos quienes tienen vigente un crédito de Infonavit, es mantener informados a los familiares, respecto de los beneficiarios designados, así como en dónde están los documentos.

En este sentido, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), precisó que todos los créditos cuentan con un seguro por fallecimiento, con el cual se liquida la deuda en caso de que el trabajador muera.

El trámite para aplicar dicho seguro lo puede realizar el beneficiario de la vivienda o cualquier persona, familiar o amigo, que tenga los documentos originales del finado, así como las escrituras de la casa.

Ante este tipo de imprevistos, la recomendación es mantener informados a los familiares o beneficiarios respecto de las cuentas, seguros o créditos ya que en caso de que el titular del crédito llegara a faltar es indispensable que cuenten con esta información y sepan qué hacer.

Así que, si un trabajador o trabajadora cuenta con un Crédito Infonavit, hay que informar los familiares que dicho financiamiento a la vivienda cuenta con un Seguro por Fallecimiento, que cubre el total de la deuda en caso de que llegara a faltar el o la titular del crédito, por lo que ellos no tendrán que preocuparse por seguir pagando el crédito.

Para poder aplicar el seguro, hay que comunicarse al Infonatel (800 008 3900) para generar un número de caso bajo el concepto de autoseguro por defunción.

La persona que realice el trámite deberá proporcionar su nombre completo, un correo electrónico, un número telefónico y el Número de Seguridad Social (NSS) de la persona acreditada. Una vez que se haya obtenido el número de caso, se debe entrar a la página https://bit.ly/3PupLs3 para subir la siguiente documentación escaneada:

Con qué documentos deberás contar:

Identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y acta de defunción de la acreditada o acreditado. Si no se tiene una identificación oficial de la persona que falleció, se debe entregar un Acta por pérdida de documentos levantada ante el Ministerio Público. Si la persona acreditada murió en el extranjero, el acta de defunción debe estar apostillada.

Identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y acta de nacimiento de la persona que realice el trámite.

Es importante considerar que, una vez solicitado el caso, se tiene un máximo de 5 días hábiles para subir los documentos, de lo contrario el caso se cancelará de manera automática.

Una vez adjuntados los documentos, nuevamente se deberá llamar a Infonatel (800 008 3900) para solicitar una cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano.

Acudir a la cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi) con los documentos en original y copia que previamente fueron escaneados y cargados al portal y una cuenta de correo electrónico para que se pueda mantener informada a la persona, sobre el proceso.

Si el portal no permite adjuntar los documentos, se puede acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano, y entregar:

Cuidado con los coyotes o falsos gestores

Acta de defunción e identificación oficial vigente de la persona acreditada, así como acta de nacimiento e identificación oficial vigente de quien realiza el trámite.

El Infonavit, recordó que todos los tramites son gratuitos, por lo que pide a los acreditados y sus familiares, tenerlo presente para evitar caer en engaños de falsos gestores o coyotes, que se aprovechan del dolor y apuro de las personas y prometen realizar el trámite a cambio de una comisión.