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La CNDH advierte al tribunal electoral que no es su función defender los derechos humanos

Rechaza que se le pretenda amordazar con interpretaciones regresivas de su misión constitucional para favorecer a un partido político

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La decisión del Tribunal Electoral de invalidar y dejar sin efecto el mecanismo de seguimiento de las campañas electorales que creó la CNDH y retirar el primer informe sobre violencia política, que presentó dicha comisión, constituye en una amenaza contra el derecho a defender los derechos del pueblo.

La CNDH, resaltó que pretender invalidar y dejar sin efecto jurídico alguno, el establecimiento del “Mecanismo de observación de las campañas electorales y sus informes sobre violencia política”, informe que fue cesado y retirados de la página de la CNDH y redes oficiales, “constituye una interpretación regresiva que contradice el bloque de constitucionalidad que desde 2011 nos rige, y una amenaza contra el derecho a defender los derechos del pueblo, misión asignada por nuestra Constitución Política vigente”.

Ello, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), notificó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que la sala superior de dicho tribunal sesionará este miércoles, para resolver el expediente SUP-JE-52/2024, relacionado con una queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) con la pretensión de declarar “inválido” y “sin efecto jurídico alguno”, el mecanismo de la CNDH.

Defendió, que el “Primer Informe sobre Violencia Política para la protección y Defensa del Derecho a la Democracia” no aborda ninguno de los aspectos que constituyen lo que por Ley se determina como materia electoral.

El organismo encabezado por Rosario Piedra Ibarra, enfatizó que TEPJF, no tiene la competencia para someter a escrutinio jurisdiccional la actuación de la CNDH, y por ende tampoco el “Primer Informe sobre Violencia Política para la protección y Defensa del Derecho a la Democracia”.

Aunque la CNDH no tiene atribuciones en materia electoral, como se pretende argumentar en el proyecto aludido, “sí cuenta con amplias facultades para defender los derechos humanos, que integran, los derechos político-electorales, que no es dable a ese Tribunal conocer, y mucho menos limitar”.

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EloÍSA DomÍNGUEZ 
La Sala Superior del Tribunal Electoral expuso que la CNDH no tiene facultades para conocer de temas en materia de derechos político-electorales.

La CNDH, enfatizó que en ningún momento se ha constituido en una autoridad electoral, ni ha emitido acto alguno que invada la esfera competencial del Instituto Nacional Electoral (INE) o del TEPJF, ya que no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 99 de la Constitución Política, o de los artículos 166 y 169 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Subrayo que, el apartado B del artículo 102 Constitucional indica que la CNDH no será competente tratándose de asuntos electorales, empero, la Ley de ese organismo en su artículo 7°, precisa a qué se refiere exactamente esta limitación: a “conocer de los asuntos relativos a actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales”.

Lo que no ha ocurrido ni ocurrirá, ya que dicho informe es derivado de una facultad expresa: la de promoción, divulgación y protección de los derechos humanos. Con lo que, pretender lo contrario, no puede ser resultado, sino de una interpretación regresiva de la Constitución y de la Ley, que sólo sería dable resolver, por si acaso hubiera alguna duda, mediante una controversia constitucional en el ámbito de las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Las limitaciones de la CNDH, en materia electoral implican que no podrá pronunciarse sobre decisiones de la autoridad electoral ni sus resoluciones, así, dicho organismo, asume que no podrá atender quejas, ni emitir recomendaciones sobre algún proceso electoral, ni la calificación de cualquier resultado concerniente al mismo, lo cual no ha realizado ni realizará.

Ese organismo aseveró que “no será factor de confusión ni abonará a la estrategia de quienes quieren poner en duda la imparcialidad del actual proceso electoral; en razón de ello, suspenderá la emisión de sus informes sobre violencia política”, y reivindicamos la determinación de nuestra Presidenta de retirar los dos Informes sobre Violencia Política y suspender momentáneamente los trabajos del Mecanismo, no como un acto de reconocimiento de ilegalidad, sino como un gesto ético, que abone al clima que prevalece en estas elecciones y que no sirva de pretexto para atizar expresiones de violencia política, en cualquiera de sus manifestaciones, que justamente queremos contribuir a erradicar”.