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Jueza ordena devolver a Emilio Lozoya casa ubicada en las Lomas valuada en 38 mdp

Este fallo permite a Lozoya la recuperación del inmueble. Por lo cual, el exfuncionario ha ganado otro juicio más a la Fiscalía General de la República (FGR)

CONTROVERSIA

Emilio Lozoya en una fotografía de archivo

Emilio Lozoya en una fotografía de archivo

EFE

Este jueves una juez federal ordenó la devolución a Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), de una propiedad ubicada en Lomas de Bezares, valuada en 30 millones de pesos.

Dicha orden fue emitida por la juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominó de la Ciudad de México, Ana Lilia Osorno Arroyo, quien concluyó que es improcedente el recurso legal con el que fiscales buscaban despojar al exfuncionario de su propiedad, la cual, de acuerdo con la FGR, fue adquirida con recursos provenientes de un soborno que le fue pagado a Lozoya por parte de Alonso Ancira, dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), para concretar la compraventa de la planta de fertilizantes Agronitrogenados.

En este sentido, este fallo permite a Lozoya la recuperación del inmueble. Por lo cual, el exfuncionario ha ganado otro juicio más a la Fiscalía General de la República (FGR). 

“Debe declararse improcedente la acción de extinción de dominio ejercida respecto de los derechos que el demandado tiene sobre el bien inmueble. El hecho ilícito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, vinculado con el bien inmueble objeto del juicio, se consumó en el año 2012, esto es en una época en que dicho delito no estaba previsto de manera sustantiva en el artículo 22 constitucional como supuesto de procedencia para ejercer la acción de extinción de dominio”, explicó la jueza.

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Y es que, las autoridades pretendían absorber los derechos de la lujosa casa acorde con la ley nacional de Extinción de Dominio, aprobada en 2019, bajo el argumento de que la propiedad en cuestión fue adquirida con recursos de procedencia ilícita y que el delito de lavado de dinero prevé que el Estado pueda incautarse del inmueble.

Sin embargo, la jueza fue clara respecto a lo establecido en la Constitución en cuanto a los supuestos de procedencia para ejercer una extinción de dominio, y aseveró que “Debe considerarse que lo sustantivo no puede aplicarse sobre una hipótesis de procedencia no prevista cuando se consumó la conducta que dio origen a la investigación por Recursos de Procedencia Ilícita”.

En otras palabras, la FGR no puede incautar el inmueble, ya que Lozoya compró la residencia en 2012, siete años antes de que se publicara la ley. A pesar del fallo, la FGR tiene la posibilidad de impugnar ante un tribunal Colegiado para que este resuelva finalmente el caso, o bien, que éste escale a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Cabe señalar que en agosto pasado un juez de control suspendió el proceso en su contra por lavado de dinero en el caso de Agronitrogenados debido a que la reparación del daño por 216 millones de dólares que comenzó a pagar en 2021 el empresario Alonso Ancira benefició de forma directa a Lozoya Austin.