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Ordena INAI a SSPC entregar resultados de evaluación de confianza de Rosa Icela Rodríguez

La SSPC indicó no haber localizado la información de la titular de la dependencia, debido a que fue designada directamente por el presidente de la república, y además omitió pronunciarse sobre la Coordinadora Nacional de Protección Civil.

Transparencia

Rosa Icela Rodríguez

Rosa Icela Rodríguez

SSPC

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) entregar los resultados de las evaluaciones de control de confianza de su titular, Rosa Icela Rodríguez, y de la Coordinadora Nacional de Protección Civil, Laura Velázquez Alzúa.

El Comisionado Adrián Alcalá Méndez explicó que las evaluaciones de control de confianza consisten en la aplicación de cinco exámenes de tipo médico, toxicológico, psicológico, poligráfico, así como de entorno social y situación patrimonial a las personas interesadas en ingresar a la Secretaría o que buscan permanecer en funciones, con la finalidad de valorar su desempeño y sus competencias.

“Bajo este panorama, insisto en la necesidad de dar a conocer los resultados de las evaluaciones de control de confianza solicitadas, ya que ello abona a la rendición de cuentas, pues permite conocer si las personas servidoras públicas se encuentran capacitadas o no y son aptas, en consecuencia, para el desempeño de sus funciones”, indicó

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La SSPC indicó no haber localizado la información de la titular de la dependencia, debido a que fue designada directamente por el Presidente de la república, y además omitió pronunciarse sobre la Coordinadora Nacional de Protección Civil.

“Invariablemente todo personal que ingresa a esta dependencia cuenta con las evaluaciones de control y confianza”, esgrimió la dependencia en su negativa

Aseguró que la información es inexistente porque no cuenta con facultades para llevar a cabo evaluaciones de control de confianza y por lo tanto, para contar con los resultados solicitados.

Pero al analizar el caso, Alcalá Méndez constató que, de acuerdo con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, todo el personal de confianza, incluidos las y los titulares de las dependencias que conforman dicho Sistema, serán sometidos a las evaluaciones de certificación y de controles de confianza.

Asimismo, se observó que los Centros Nacionales de Certificación y de Acreditación son los encargados de aplicar los procedimientos de evaluación y de control de confianza e informar a las autoridades competentes los resultados.

“Sí es posible contar con los resultados de las evaluaciones de control de confianza de la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, ya que aun y cuando el Presidente de la República realizó la designación, lo cierto es que existe una obligación legal de dicha persona para someterse a esos controles”, afirmó el Comisionado.

Alcalá Méndez agregó que este tipo de resoluciones posibilitará a la sociedad obtener información para formar opiniones, para poder evaluar las capacidades de las personas servidoras públicas que se encuentran desempeñando algún puesto, pero sobre todo de aquellas que son designadas directamente por la máxima autoridad del Poder Ejecutivo.

“La rendición de cuentas, en este caso, no constituye solamente la obligación de dar a conocer el resultado instrumental de la función pública, sino también de dar elementos a la sociedad mexicana que permitan calificar y evaluar si las personas servidoras públicas que ejercen un encargo determinado cuentas con la capacidad necesaria”, puntualizó.

Por tanto, se concluyó que la SSPC tiene la obligación de conocer la información requerida e incumplió el principio de exhaustividad, pues no se pronunció respecto de los resultados de la evaluación de la Coordinadora Nacional de Protección Civil.

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