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Iniciativa de Ley de Ciencia de Conacyt es inconstitucional

Además, no está adecuadamente tutelada con los acuerdos internacionales y tiene puntos contradictorios, como el Plan B del INE, señala Juan Martínez, del Inecol

Proceso legislativo

Los errores de técnica legislativa, señala el académico, han sido señalados en el Parlamento Abierto en la Cámara de Diputados.

Los errores de técnica legislativa, señala el académico, han sido señalados en el Parlamento Abierto en la Cámara de Diputados.

Cámara de Diputados

Más allá de las ideologías, las filias y fobias, idilio o aversión que genere la iniciativa de Ley General de Ciencia elaborada por Conacyt, tal y como está redactada tiene contradicciones y elementos que la hacen inconstitucional. Esto es algo que Juan Martínez ha externado en más de una ocasión y que fue el eje de su participación en el Parlamento abierto convocado por las comisiones de Educación y Ciencia de la Cámara de Diputados.

El investigador del Instituto de Ecología (Inecol), un Centro Público de Investigación o Centro Conacyt, no es jurista, sus investigaciones se han centrado en la conservación de ecosistemas y especies en peligro; no obstante, ha participado en la elaboración del decreto del Parque Nacional Revillagigedo y ha colaborado en el análisis de otras leyes generales como la forestal y la de biodiversidad, que no prosperó; también participó en juicios federales como perito en materia ambiental.

Sobre la iniciativa del Ejecutivo, apunta, ha movido sentimientos por su carga ideológica, algo sobre lo cual se puede debatir. Pero más allá de eso, enfatiza, tiene errores de “técnica legislativa” que podrían resultar en amparos e incluso acciones de inconstitucionalidad ante el Poder Judicial.

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La Ley General de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación debe de incorporar la legislación internacional de manera cuidadosa, señala, ya que está sujeta a un control de convencionalidad que garantiza la integración correcta a las leyes locales de los tratados internacionales firmados por nuestro país. “Es a través de ello que se mandata y se dice de manera clara qué es exactamente lo que se está protegiendo y cómo se va a proteger”.

De inicio, ejemplifica, el tema del derecho humano a la ciencia, de acuerdo a la definición plasmada en el Artículo 5 de la iniciativa, tiene un error de técnica legislativa, y no integra de manera adecuada las modificaciones constitucionales en el Artículo tercero constitucional, como tampoco ocurre en lo referente a los tratados internacionales sobre la materia. “Ahí se genera un problema, porque en términos jurídicos los demás tratados internacionales y todos sus párrafos, como todos los derechos humanos asociados a la ciencia, no están adecuadamente tutelados”.

Su experiencia en derechos humanos lo ha abordado con otros colegas en su trabajo en la defensa por un medio ambiente sano. Ahora, con la iniciativa de ley acota que, independiente de la carga ideológica, se debe respetar el tutelaje de los tratados relacionados a derechos humanos y todos los derechos consagrados en la Constitución.

“No es trivial, porque hay cuando menos una veintena de puntos dispersos en toda la iniciativa de ley del Ejecutivo que contradicen a los tratados y a la Constitución”, el trato que se da a investigadores de instituciones privadas es un ejemplo. En su conjunto, agrega, pueden dar paso a diversas acciones de inconstitucionalidad por parte de los legisladores, los municipios y estados podrían generar controversias constitucionales, así como toda persona que se sienta afectada de manera directa o indirecta, podrá promover juicios de amparo.

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“Las acciones de inconstitucionalidad y de violación del control de convencionalidad de acuerdos con tratados internacionales dejarían muy maltrecha a la ley general, por lo que el Poder Judicial no sólo podría suspender un artículo, sino toda la ley en su conjunto. Así ocurrió con el Plan B del INE, porque los artículos estaban entrelazados y no se podía suspender uno sin detener todo en su conjunto. Eso también puede pasar con esta iniciativa”.

Es por ello que la iniciativa debe contar con una buena estructuración, práctica legislativa y constitucionalistas que atiendan adecuadamente estas faltas y contradicciones, señala el académico y agrega que en el Parlamento abierto en la Cámara de Diputados varios abogados e investigadores ofrecieron su apoyo para resolver estas debilidades. Incluso en foros anteriores, durante la aparente consulta a la comunidad científica, colegas de Martínez habrían señalado estos puntos y la necesidad de integrar correctamente los tratados internacionales.

Trabajadores con base, no de confianza

Otro aspecto que debe quedar en la iniciativa del Ejecutivo, apunta Martínez, es que se considerará a todos los investigadores de los Centros Públicos de Investigación como trabajadores en el Apartado B de la Ley Federal de Trabajo.

Ese apartado está dedicado a los trabajadores del Estado y contiene dos categorías de Base y Confianza, por lo que se debe asegurar que los investigadores, en defensa de sus libertades, se encuentren dentro de la primera.

“Sería difícil que alguien con una base sea convertido en trabajador de Confianza, pero se debe garantizar que los investigadores tengan una basificación y una definitividad y no estemos en riesgo de ser despedidos por pensar diferente. Pensar diferente, el derecho a disentir, también es un derecho humano”.

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