
En el terreno de los estereotipos y los prejuicios, la etnia y la raza han sido, históricamente, algunas de las categorías más utilizadas para clasificar —y simplificar— la realidad social. A partir de ellas, se construyen narrativas que pretenden explicar quiénes somos y cómo debemos comportarnos. El problema surge cuando esas narrativas dejan de ser descriptivas y se convierten en juicios rígidos que condicionan decisiones públicas, políticas institucionales y, en no pocos casos, resoluciones judiciales.
El Diccionario de la Real Academia Española define al estereotipo como una imagen o idea aceptada comúnmente por un grupo o una sociedad, a la que se le atribuye un carácter casi inmutable. En apariencia, se trata de una herramienta cognitiva para organizar información; en la práctica, suele convertirse en una barrera que impide ver la complejidad y diversidad de las personas y los pueblos.
Aunque pudiera parecer un fenómeno superado, en nuestra realidad cotidiana persisten estereotipos históricos profundamente arraigados hacia los pueblos y comunidades indígenas. Generalizaciones intuitivas que se reproducen con facilidad porque simplifican un entorno social complejo, pero que al mismo tiempo distorsionan la comprensión de la realidad y justifican prácticas de exclusión.
Los datos lo confirman. La Primera Encuesta Nacional sobre Discriminación (2005) reveló que el 43% de las personas encuestadas consideraba que las personas indígenas “siempre” tendrán una limitación social debido a sus características raciales. Más aún, el 34.1% opinaba que lo único que tendrían que hacer para salir de la pobreza sería “dejar de comportarse como indígenas”. Estas cifras no son meros números: reflejan una visión profundamente normalizada que responsabiliza a las propias personas indígenas de la desigualdad estructural que enfrentan.
De estas ideas se desprenden múltiples prejuicios cotidianos. Se asume, por ejemplo, que una persona indígena no sabe leer ni escribir por su forma de vestir o por hablar una lengua originaria; se duda de su capacidad para desempeñar cargos técnicos, profesionales o de liderazgo; se les dirige la palabra en un tono condescendiente; se normaliza la pobreza como si fuera un rasgo inherente a lo indígena, asociándolo a la marginación, la precariedad o la dependencia del Estado. A ello se suman prejuicios vinculados con su vestimenta, su idioma, su educación, su género, e incluso su participación en la vida política, oscilando entre la exotización y la criminalización.
No todos los estereotipos son necesariamente falsos; algunos pueden aproximarse a ciertas realidades o incluso parecer positivos. Sin embargo, el riesgo no radica únicamente en su veracidad, sino en el uso que se hace de ellos. Así lo advierte el Manual sobre los efectos de los estereotipos en la impartición de justicia, coordinado por Federico José Arenga, al señalar que lo verdaderamente peligroso es realizar análisis rápidos de situaciones complejas, pues ello puede llevar a que las instituciones formulen atribuciones erróneas y suposiciones estereotipadas, tanto en la ciudadanía como en quienes integran el sistema judicial.
La percepción social —es decir, la manera en que observamos y juzgamos a los demás— no opera únicamente desde el ámbito individual, como la tendencia humana a categorizar. Está profundamente influida por factores contextuales. Señales visuales como los gestos, los rasgos físicos, la postura o la vestimenta influyen en la primera impresión que nos formamos de una persona. A ello se suman agentes externos de socialización como la familia, los medios de comunicación, el grupo de pares y las propias instituciones, que refuerzan o cuestionan esas percepciones a lo largo de la vida.
Desde la Teoría de la Identidad Social, se explica que los seres humanos buscan constantemente causas y explicaciones para los hechos del mundo social. En ese proceso, tanto la conducta ajena como la propia suelen interpretarse a partir de estereotipos. Existe una percepción de sí mismo y de los otros basada en categorías, pero este mecanismo puede derivar en errores de atribución: se explican comportamientos complejos a partir de características supuestamente inherentes a un grupo, ignorando el contexto, la historia y las circunstancias particulares.
La pregunta es inevitable: ¿hasta qué punto las decisiones públicas —y en particular las resoluciones jurisdiccionales— siguen estando atravesadas por estos errores de atribución? ¿Cuántas veces se decide “por” los pueblos y comunidades indígenas, sin escucharlos realmente, partiendo de ideas preconcebidas sobre lo que son, lo que necesitan o lo que pueden hacer?
Pretender homogeneizar a un grupo social a partir de su etnia o su raza no sólo es conceptualmente incorrecto, sino profundamente injusto. Frente a ello, una solución altamente benéfica es reducir la intervención externa en las decisiones internas de los pueblos y comunidades indígenas, permitiendo que sean ellas quienes, desde su propia cosmovisión y con su conocimiento ancestral, atiendan y resuelvan sus asuntos. Esto no implica abandono del Estado, sino respeto genuino a la diversidad y a la autonomía.
Asimismo, es indispensable garantizar el acceso efectivo de las personas indígenas a los cargos públicos y a los espacios de toma de decisiones. De lo contrario, se perpetúa una realidad en la que los grupos que históricamente han detentado el poder imponen soluciones alejadas del contexto comunitario, anticipan comportamientos con base en prejuicios y refuerzan falsas creencias que sostienen la exclusión.
Este enfoque no es una concesión graciosa, sino una obligación constitucional. El artículo 2, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce que la Nación tiene una composición pluricultural, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, descendientes de las poblaciones que habitaban el territorio nacional al iniciarse la colonización y que conservan, total o parcialmente, sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas.
A su vez, el apartado A, fracción IV, del mismo artículo, reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad. Dar vigencia real a este mandato implica, necesariamente, abandonar la comodidad del estereotipo y asumir el compromiso de escuchar, comprender y respetar.
Mientras las autoridades sigan atendiendo las demandas indígenas desde el prejuicio —y no desde el derecho—, la deuda histórica del Estado mexicano permanecerá intacta. Superar los estereotipos no es sólo un ejercicio discursivo; es una condición indispensable para construir instituciones más justas, decisiones más legítimas y una democracia verdaderamente incluyente.