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Tribunal Electoral turna queja de Rubalcava al PRI por dejarlo fuera del proceso interno por la Jefatura de Gobierno

El partido tiene las facultades suficientes para enmendar la situación, dado que la querella es una situación que solamente compete a un método de selección de una partida y no a normas constitucionales

Querella

Tribunal Electoral turna queja de Rubalcava al PRI por dejarlo fuera del proceso interno por la Jefatura de Gobierno

El Tribunal dejó claro que el pronunciamiento de Rubalcava continúa bajo análisis y no será desechado.

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El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) ordenó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) que resuelva el juicio impuesto por el alcalde de Cuajimalpa, Adrián Rubalcava, quien demandó al partido tricolor de dejarlo fuera del proceso interno para elegir al precandidato que competirá por la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México en el 2024.

En su pronunciamiento, el TECM explicó que el PRI tiene las facultades suficientes para enmendar la situación, dado que la querella es una situación que solamente compete a un método de selección de una partida y no a normas constitucionales, por lo que tiene la posibilidad de revisar su convocatoria y modificar el resultado solicitado.

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"Para este Tribunal Electoral local, los derechos que la parte actora considera posiblemente vulnerados pueden ser reparados por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional, que es el órgano de ese partido responsable de resolver las controversias que deriven de los procesos internos de elección de dirigencias y postulación de candidaturas en esa entidad federativa, así como de garantizar el cumplimiento de las normas y acuerdos, así como, los derechos y obligaciones de los órganos del partido y de sus militantes, que rigen su vida interna".

Aunque el juicio fue turnado al PRI, el Tribunal dejó claro que el pronunciamiento de Rubalcava continúa bajo análisis y no será desechado, pero aclaró que solamente es el partido al que el quejoso pertenece, quien puede reparar el posible daño.

"En ese tenor, el reencauzamiento es un instrumento que puede ser óptimo para reparar desde la instancia partidista los derechos de la parte actora presuntamente vulnerados y de estimar contraria a sus intereses la decisión que al respecto emita la Comisión de Justicia, la parte enjuiciante aún tendría a su alcance la jurisdicción local y con posterioridad, en caso de no alcanzar su pretensión, le quedaría la instancia federal", concluyó la instancia electoral.