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Ordena INAI a Comisión Nacional de Búsqueda de Personas transparentar metodología de su Censo

El INAI recordó que México enfrenta un problema severo en este tema, pues entre 1962 y noviembre de 2023, cerca de 300 mil personas han sido reportadas como desaparecidas.

confusión

La mayoría vistió playera blanca con la leyenda “Unidos por nuestro mismo dolor”

En el 2022, desaparecieron al menos 27 personas por día.

EFE

En medio de la confusión y guerra de cifras que se manejan, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas informar sobre el programa de capacitación y la metodología para la implementación del Censo Nacional de Personas Desaparecidas en México.

El INAI a través de la comisionada, Norma Julieta del Río Venegas, advirtió que se debe informar su metodología, la manera en la cual capacitó a los funcionarios involucrados, así como sus avances, para evitar un posible subregistro de datos o la revictimización de las personas desaparecidas.

Recordó alertó que México enfrenta un problema severo en este tema, pues entre 1962 y noviembre de 2023, cerca de 300 mil personas han sido reportadas como desaparecidas y, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Búsqueda –órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación– mientras que en el 2022, desaparecieron al menos 27 personas por día.

“Más allá de cuestiones políticas, cualquier iniciativa que pretenda modificar la manera en la cual se contabiliza y registra a las personas desaparecidas en nuestro país debe estar sujeta a la transparencia y a la rendición de cuentas”, afirmó la Comisionada.

La comisionada recordó que en el nuevo censo de personas desaparecidas participan gobiernos estatales, fiscalías e incluso los llamados Servidores de la Nación, a cargo de la Secretaría de Bienestar.

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), una persona solicitó, en versión pública, las grabaciones, minutas, versiones estenográficas, oficios, informes y cualquier documento que dé cuenta de las sesiones de capacitación para la implementación del Censo Nacional de Personas Desaparecidas en México, anunciado por el Presidente de la República en su conferencia de prensa del 31 de julio pasado.

Además, requirió conocer la metodología y los funcionarios públicos encargados llevar a cabo las sesiones de capacitación.

Sin embargo, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas – vía la Dirección General de Acciones de Búsqueda y Procesamiento de Información y la Dirección de Evaluación y Capacitación – señaló que no localizó los documentos y que no está obligada a generarlos.

La Dirección General de Acciones de Búsqueda y Procesamiento de Información indicó que para la elaboración del nuevo censo hubo diversas capacitaciones, vía remota, a Comisiones y Fiscalías estatales; sin embargo, no localizó información al respecto.

El INAI determinó que la Comisión no cumplió el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia, pues omitió turnar la solicitud al Departamento de Diagnóstico de Políticas, Operaciones y Criminalidad, así como a la Subdirección de Diseño y Homologación del Proceso de Búsqueda, unidades administrativas competentes para conocer los documentos requeridos.

Asimismo advirtió una contradicción en la respuesta de la Comisión, debido a que en sus alegatos reconoce haber capacitado, vía remota, a personal de Comisiones y Fiscalías estatales y, a la vez, dice no contar con información al respecto.

Por lo tanto, el Pleno del INAI resolvió revocar la respuesta de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas y le instruyó hacer una nueva búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de proporcionar a la persona solicitante la información de su interés.