
Los ciudadanos que no acudan a ejercer su derecho y obligación a votar en los procesos electorales, tanto locales como federales, así como en consultas populares y revocación de mandato, deben ser sancionados con la suspensión de un año de su credencial de elector como forma de identificación o con una multa equivalente a diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, propone la diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), María del Carmen Pinete Vargas.
La legisladora advierte que el artículo 36 de la Constitución establece que el sufragio es también una obligación de las y los ciudadanos del país, por lo que su propuesta plantea reformar este artículo con la adición de un párrafo en el que se asiente que “sin causa justificada se sancionará con la suspensión por un año de los efectos de la credencial para votar como medio de identificación personal o multa equivalente a diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
Argumentó que, pese a las campañas de todos los órdenes de gobierno, así como de las organizaciones no gubernamentales para elevar la participación ciudadana, aún existe un alto abstencionismo, y se requiere dotar de mayor legitimidad a quienes resultan electos por el voto como gobernantes o representantes populares.
“Si bien en la democracia un solo voto de diferencia es suficiente para ganar una elección, los datos en los comicios de 2022 y de 2023 muestran la renuencia de más de la mitad de las y los ciudadanos convocados a las urnas para ejercer lo que se considera en la Constitución como un derecho de la ciudadanía”, por ello consideró la necesidad de elevar el nivel de participación de los mexicanos en las elecciones.
En un comunicado, la diputada informó que su iniciativa fue enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de la Reforma Política Electoral, para opinión.
El texto de la adición al artículo 36 constitucional deberá decir: “La infracción a lo dispuesto en la presente fracción sin causa justificada se sancionará con la suspensión por un año de los efectos de la credencial para votar como medio de identificación personal o multa equivalente a diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
La legisladora federal apoya su propuesta en que en la actualidad se tienen contabilizados 27 países en los que, además de considerarse el voto como obligatorio, se cuenta con sanciones aparejadas a su inobservancia.
El documento destaca que en su régimen transitorio, la propuesta sugiere que, dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Congreso de la Unión deberá hacer las adecuaciones necesarias a la legislación secundaria correspondiente a la justificación que en derecho se defina para la omisión del sufragio.
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