
Las reformas a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte que aprobó el Congreso local apenas el jueves 24 de septiembre, deben ser difundidas con amplitud.
Quienes se mueven en patines eléctricos o incluso en bicis eléctricas o unidades del programa Mi Bici, no tienen muy claro que sí y que no se puede para circular en las calles, avenidas y las ciclovías.
Silvina Razo, integrante del colectivo Bicicleta Blanca, evitó dar una opinión precisa sobre la reforma, porque dijo que amerita un análisis preciso sobre cada disposición.
“Creo que específicamente estas reformas hay que mejorarlas, hay que echarle un ojo más clínico, respecto a la propuesta final que se presentó, porque se estuvo inicialmente trabajando en una propuesta y al final sabemos que siempre hay modificaciones. Invitaría primero a echarle un ojo”, dijo la activista.
Bernardo, un usuario cotidiano del patín eléctrico, dijo que lo único que escuchó es que esas unidades no pueden ir por las banquetas. Sin embargo, desconoce el resto de los ajustes que se hicieron a la Ley de Movilidad.
“No sabía, no se donde lo dicen o lo difunden. Estamos hablando justo que no deberían andar los de patín andar en las banquetas, según yo es la ciclovía lo que corresponde cuando hay ciclovía. Si no hay, pues tiene que ser en la calle, pero es lo único que sé realmente. Mas bien me guío por mi propia ética ¿no?”, precisó Bernardo, entrevistado a bordo de su patín.
La Ley de Movilidad aprobó diversas acciones que regulan la operación de los patines eléctricos hasta un tope de velocidad de 25 kilómetros por hora.
A estas unidades se les llama “vehículos eléctricos de movilidad personal”, los cuales podrán usar las ciclovías, pero nunca circular por las banquetas.
La edad mínima para usar un scooter es de 14 años de edad y se pide que usen un casco de seguridad.
Está prohibida la circulación de los patines eléctricos en vías rápidas donde se circule a 50 kilómetros por hora, así como en puentes, túneles y pasos a desnivel.
Las sanciones para quienes conduzcan un patín eléctrico deberán definirlas cada uno de los ayuntamientos, que deberán emitir un reglamento o ampliar el reglamento ya existente.
La idea es no aplicar sanciones económicas, sino en todo caso, obligar a los usuarios a realizar trabajo comunitario o acudir a sesiones de capacitación sobre el uso responsable de los patines eléctricos.
Los patines que circulen a más de 25 kilómetros se les considera vehículos motorizados y tendrán que circular por el arroyo vehicular, como las motocicletas.