Desde tiempos inmemoriales, las mujeres hemos luchado para que nuestra palabra sea escuchada. Para que una denuncia por acoso, abuso sexual o violencia no termine archivada, ignorada o desacreditada. Hemos exigido que las autoridades nos escuchen, investiguen y protejan, sin que denunciar signifique exponernos a nuevos cuestionamientos y agresiones.
Y después de todo lo que nos ha costado conseguirlo, hay algo que también tenemos que atrevernos a decir: que cuando una mujer utiliza deliberadamente una acusación falsa para vengarse de un hombre, perjudicarlo por resentimiento o destruir su reputación, no solamente está cometiendo una injusticia contra él. También está traicionando una lucha que ha costado generaciones.
Haber sido históricamente vulneradas no nos vuelve incapaces de cometer injusticias. Y defender los derechos de las mujeres no significa justificar cualquier conducta de una mujer.
No todas las acusaciones que generan controversia son falsas. Pero los casos recientes nos obligan a preguntarnos qué sucede cuando un señalamiento comienza a funcionar como una condena, mucho antes de que exista una sentencia.
Muchos de nosotros seguramente ya conocemos uno de los casos más recientes, uno que comenzó con algo tan cotidiano como una tarea de primaria.
Una hoja, unas calles dibujadas con regla, una casita de un lado y la escuela del otro. El croquis del camino de la casa a la escuela. Una actividad que generaciones enteras recordamos y que difícilmente alguien habría imaginado que terminaría convirtiéndose en una controversia nacional.
Pero ocurrió en octubre de este año, en Martínez de la Torre, Veracruz. Un maestro suplente de sexto grado pidió a sus alumnos elaborar un croquis del trayecto entre sus casas y la escuela. Posteriormente, una madre de familia lo confrontó para cuestionar por qué necesitaba conocer dónde vivían los niños. La discusión fue grabada, llegó a las redes sociales y pronto apareció un sobrenombre: “Lady Croquis”.
El asunto no terminó ahí, no fue suficiente con humillar y dudar de las actividades legítimas del maestro. Momentos después del reclamo en la escuela, la madre empezó a realizar señalamientos sobre presuntas conductas inapropiadas del docente hacia algunas alumnas. Él, por su lado, rechazó las acusaciones y explicó que la actividad formaba parte del trabajo escolar. Sin embargo, el conflicto ya había escalado y el maestro fue separado temporalmente de sus funciones sin una causa debidamente investigada.
Podemos discutir si pedir a un niño que dibuje el trayecto de su casa a la escuela representa algún riesgo para su privacidad. Es una pregunta válida. Lo que no podemos hacer es pasar de esa preocupación a tratar públicamente a una persona como culpable de acoso sin una investigación que lo demuestre.
Porque una cosa es cuestionar una tarea y otra muy distinta es poner en duda la integridad de un maestro frente a todo un país.
Y aunque este caso ha provocado indignación, hubo otro cuyo desenlace fue mucho más desafortunado.
En julio de 2026, Alberto Israel Jasso Cruz, profesor del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México, enfrentó una denuncia por presunto abuso sexual presentada por una alumna. Tenía, según su propio testimonio, 25 años de trayectoria en esa institución y casi una década adicional de experiencia docente.
El 14 de julio se presentó la denuncia. Alberto negó los hechos y sostuvo que los contactos físicos señalados habían ocurrido en circunstancias distintas a las descritas por la estudiante. Al menos esa era su versión; la investigación debía determinar lo sucedido.
Días después grabó un video desde su casa. Vestido de traje, habló de la acusación, de su temor a enfrentar un proceso judicial y de la falta de recursos económicos para pagar su defensa. Insistió en su inocencia y cuestionó que una persona pudiera sentirse condenada antes de llegar ante un juez.
Lo que llamó más la atención y provocó sentido de alerta es que en aquella grabación anunció que se quitaría la vida. Dicho y hecho, poco después fue encontrado sin vida.
Su muerte no solo conmocionó a la comunidad educativa, sino a toda persona que tuvo contacto con esta noticia.
Hay algo que considero indispensable aclarar: no existe una resolución pública que permita afirmar que aquella estudiante inventó la acusación. La versión del profesor merece ser conocida, pero la denuncia también debía investigarse. Y el hecho de que él haya fallecido no resuelve esa cuestión.
Lo que sí deja su historia es la siguiente pregunta: ¿qué está haciendo nuestro sistema para que una persona denunciada no se sienta completamente indefensa mientras se determina la verdad?
Y no siempre se trata de casos que acaparan titulares nacionales. Conozco de cerca el caso de un servidor público al que la hermana de una trabajadora acusó de presionarla, en una llamada telefónica, para que su hermana renunciara. Él reconoció la llamada, pero siempre negó su contenido. Días después, la propia trabajadora presentó denuncias con el mismo relato, aunque nunca había cruzado palabra con él ni estuvo presente en esa conversación. A partir de ahí, las acusaciones por violencia de género se multiplicaron ante la Contraloría, la Fiscalía y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y pronto aparecieron notas en internet que lo señalaban, sacadas de contexto.
Lo que siguió fue un recorrido de más de dos años por casi todas las instancias posibles. La Fiscalía archivó las carpetas de investigación. La Comisión Estatal de Derechos Humanos concluyó que no había elementos para acreditar los señalamientos, y la Comisión Nacional desechó la impugnación de las denunciantes. El órgano interno de control llegó a calificar la conducta como falta grave y la turnó al Tribunal de Justicia Administrativa, pero el tribunal resolvió que no existía responsabilidad alguna. Las denunciantes apelaron, y la Sala Superior confirmó esa decisión en todos sus términos.
En cada una de las instancias que han resuelto, la razón fue para él. Pero ninguna de esas resoluciones apareció en las notas que circularon con su nombre. Mientras ganaba en los expedientes, seguía apareciendo en internet ligado a una acusación que ninguna autoridad logró acreditar.
Porque hay algo que las leyes todavía no saben reparar del todo: la reputación.
La acusación circula en minutos. La investigación puede tardar meses. Y cuando finalmente existe una resolución, casi nunca despierta el mismo morbo e interés que el señalamiento inicial.
El artículo 20 de nuestra Constitución reconoce la presunción de inocencia de toda persona imputada mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia. No es un privilegio para los acusados ni una concesión de las autoridades. Es una garantía que nos protege a todos frente al poder de castigar sin pruebas.
Pero también debemos distinguir algo que suele perderse en estas discusiones: una denuncia que no pudo acreditarse no es necesariamente una denuncia falsa. Que una investigación se archive o que una persona resulte absuelta no demuestra, por sí solo, que quien denunció mintió.
Una acusación deliberadamente falsa supone algo mucho más grave: atribuirle a otra persona hechos que se sabe que no ocurrieron, con conocimiento de esa falsedad.
Y eso sí merece consecuencias.
En marzo de este año, el diputado federal de Morena Cuauhtémoc Blanco anunció que preparaba una iniciativa para sancionar las acusaciones falsas, incluso con penas equivalentes a las que habría enfrentado la persona denunciada. El planteamiento llamó la atención por una circunstancia que tampoco puede ignorarse: el propio legislador enfrenta una denuncia por presunta violación en grado de tentativa, cuyos hechos han sido controvertidos.
No deja de ser cuestionable que una discusión tan importante aparezca vinculada a los problemas judiciales de quien la propone. Pero sería un error desechar el debate únicamente por su origen.
La pregunta de fondo es: ¿qué debe ocurrir cuando alguien utiliza deliberadamente una denuncia para destruir a otra persona?
A mi juicio, imponer automáticamente la misma pena no es la respuesta. El artículo 22 constitucional exige proporcionalidad entre el delito y la sanción. Inventar una acusación puede ser gravísimo, pero no significa que jurídicamente equivalga al delito que se atribuyó falsamente.
Tampoco tendría sentido crear una norma dirigida exclusivamente a las mujeres. Los derechos y las obligaciones no pueden depender del sexo de quien denuncia. Si una acusación es fabricada deliberadamente, debe existir responsabilidad sin importar quién la formule.
Y aquí quiero volver a la reflexión con la que comencé.
No podemos exigir que nuestra palabra sea escuchada y, al mismo tiempo, pretender que esté por encima de cualquier investigación. Escuchar a una mujer no significa declarar culpable automáticamente al hombre que señala. De la misma manera, respetar la presunción de inocencia de un hombre no significa desacreditar a la mujer que denuncia.
Lo más preocupante es que una mentira de esa naturaleza puede terminar siendo utilizada para desacreditar a otras mujeres que sí han sufrido violencia y que necesitan ser escuchadas. Y eso sería profundamente injusto para ellas también.
Nuestro ordenamiento ya contempla consecuencias para determinadas falsedades ante las autoridades y vías para reclamar daños a la reputación, según las circunstancias de cada caso. Sin embargo, no nos mintamos, ¿en realidad esos mecanismos son suficientemente accesibles, oportunos y eficaces?
Yo comenzaría por exigir investigaciones diligentes, protocolos que protejan tanto a denunciantes como a denunciados, defensa pública efectiva y mecanismos reales de reparación cuando se acredite una acusación deliberadamente falsa. También debería existir responsabilidad institucional cuando una autoridad difunda información indebidamente o imponga consecuencias sin respetar las garantías correspondientes.
Porque no basta con castigar la mentira. También tenemos que impedir que el procedimiento se convierta, por sí mismo, en una pena anticipada, que es lo que estamos viendo que pasa actualmente.
Desde Derecho en Perspectiva sostengo que proteger a quien denuncia y proteger a quien es acusado no son causas contrarias. La justicia pierde legitimidad cuando abandona a una víctima, pero también cuando permite que alguien sea condenado públicamente sin pruebas.
Una denuncia merece ser escuchada. Una acusación merece ser investigada. Y una condena debe estar sustentada en pruebas, no en la indignación de las redes sociales.
@kaarinacano
