Es oficial, en Ciudad de México se castigará con prisión a quien administre, encabece, organice o patrocine la operación cualquier espacio destinado a la matanza de animales para el abasto sin autorización, aviso o permiso necesario, cualquiera que sea sorprendido incumpliendo la ley, se le impondrán de 2 a 4 años de reclusión y una multa de mil a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Con 51 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la iniciativa para sancionar con prisión la operación de rastros clandestinos.
La organización sin ánimos de lucro, Igualdad Animal ha revelado imágenes inéditas de la falta de medidas sanitarias en la operación de estos sitios, así como la falta de inspección y el incumplimiento de toda norma sobre inocuidad alimentaria, como se muestra en el siguiente video.
La propuesta establece reformas y adiciones a la Ley de Protección a los Animales y al Código Penal para la Ciudad de México, resaltando lo siguiente:
- Llevar a cabo la verificación del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables en materia de establecimientos, procesos y métodos de matanza de animales para consumo, imponiendo las medidas que resulten procedentes, en coordinación con las autoridades federales competentes.
- Considerar como actos de crueldad y maltrato, la matanza de animales para abasto en establecimientos no autorizados y que no tengan la infraestructura e instrumentos necesarios para inducir a un estado inmediato de inconsciencia al animal, previo a darle muerte, y que cuenten con condiciones sanitarias contrarias a lo previsto en las disposiciones aplicables en la materia.
- Imponer como sanción administrativa: la clausura, temporal o definitiva.
Las evidencias recopiladas dentro de las investigaciones de Igualdad Animal México, muestran cómo la operación de rastros clandestinos, donde se mata a los animales sin respetar las normas para su aturdimiento y con extrema crueldad, es un peligro para los animales y también representa graves riesgos sanitarios que afectan la salud de los consumidores, estos sitios, operan con impunidad, sin medidas sanitarias, con ausencia de inspección para garantizar inocuidad alimentaria y por supuesto, sin ninguna inspección sobre Bienestar Animal.
Oficialmente en la CDMX no existen rastros municipales, TIF o privados, ni casas de matanza debidamente registradas ante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. No obstante, en las demarcaciones Álvaro Obregón, Cuajimalpa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan o Xochimilco, se matan al año alrededor de 63,414 cabezas de ganado, bovino, ave, porcino y ovino.
Los animales que son matados fuera de rastros no son inspeccionados para confirmar la presencia de sustancias prohibidas, tales como promotores de crecimiento que afectan la salud animal y humana. Además, la NORMA Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2014, Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres no se cumple, pues en estos lugares no se cuenta con la infraestructura y herramientas necesarias para inducir a los animales a un estado de inconsciencia para evitarles sufrimiento innecesario.
“Este es sin duda un progreso en favor de los animales de suma importancia, que sentará las bases y será ejemplo para todo el país. Esta reforma al Código abona a la idea de que los animales son seres sensibles y tenemos obligaciones hacia ellos. ” -Dulce Ramírez, Vicepresidenta de Igualdad Animal para Latinoamérica.
Con esta aprobación buscan poner fin a los rastros clandestinos para evitar riesgos hacia nuestra salud y creando un marco legal para dar protección a los animales que la ganadería industrial no quiere que veamos y que los proteja de la crueldad que padecen al ser matados.
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