Metrópoli

Acusan a Ernestina Godoy de plagiar su tesis universitaria

El trabajo presenta varios párrafos idénticos al título "Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática", en el Instituto Federal Electoral; así como citas textuales de la obra "Política pública y acción pública" de Thoenig

controversia

Foto: Cuartoscuro

La funcionaria no cumpliría el primer requisito que debe de tener un ciudadano que desea procurar la justicia en la Ciudad de México, que es, ser egresado de la carrera de derecho..

Especial

La fiscal capitalina, Ernestina Godoy, plagió varios fragmentos de su tesis universitaria, "La participación ciudadana en la Ciudad de México, en el marco de la alternancia y la transición política"; esto luego de que transcribió, sin citar, dos textos de los años de 1995 y 1997, de los destacados autores Mauricio Merino y Jean-Claude Thoenig; así lo reveló una investigación realizada por el medio de comunicación Latinus.

El trabajo, que fue dirigido por Ernesto García Becerra y avalado en la Facultad de Derecho, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en el año 2004, presenta varios párrafos idénticos al título "Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática", en el Instituto Federal Electoral (IFE); así como citas textuales de la obra "Política pública y acción pública" de Thoenig.

En caso de que la UNAM confirmara que después de la revisión documental, sí existen frases, conceptos o ideas propias, sin que Godoy otorgara el crédito determinado, la funcionaria no cumpliría el primer requisito que debe de tener un ciudadano que desea procurar la justicia en la Ciudad de México, que es, ser egresado de la carrera de derecho. 

Sin embargo, Crónica consultó a un asesor con experiencia en dirigir trabajos de titulación de dicha institución, quien aseguró que en ningún momento, esa escuela está obligada a examinar el origen de las ideas escritas, pues funge solamente como medio de publicación y la responsabilidad solamente recae en el autor.

Uno de los párrafos de Merino que fue íntegramente copiado, es el que se ubica en la parte superior de la página 62, el cual dice que "En el largo periodo de la Edad Media, la representación no estaba fundida a la idea de participar en la toma de decisiones comunes –como en las antiguas ciudades griegas–, sino sometida a la voluntad final de los reyes y de los monarcas que poseían la soberanía del Estado".

Y continúa: "En consecuencia, la representación tampoco estaba asociada a las tareas de gobierno: lo que se representaba, en todo caso, era la voluntad de ciertos grupos estamentales para obtener los favores del príncipe soberano. De modo que la sociedad no formaba parte de las decisiones, sino que acaso intentaba influir en ellas a través de sus muy variados representantes. Para decirlo en términos llanos, la representación estaba confundida con lo que ahora entenderíamos como participación".

En segundo lugar, en la página 57, Godoy relata que: "la participación está inevitablemente ligada a una circunstancia específica y a un conjunto de voluntades humanas: El medio político, social y económico, y los rasgos singulares de los seres humanos que deciden formar parte de una organización, constituyen los motores de la participación; el ambiente y el individuo, que forman los anclajes de la vida social. La participación atraviesa tanto por los innumerables motivos que pueden estimular o inhibir la participación ciudadana en circunstancias distintas, como por las razones estrictamente personales psicológicas o físicas".

Acusan a Ernestina Godoy de plagiar su tesis universitaria

Uno de los párrafos de Merino que fue íntegramente copiado, es el que se ubica en la parte superior de la página 62.

Latinus

Sin alguna modificación, la fiscal plasmó el texto del folleto de Merino sin otorgarle el crédito correspondiente, situación a la que Godoy se opone, pues justifica que los sinodales que avalaron el trabajo, así como el asesor o la Dirección de Bibliotecas de la UNAM permitieron sin alguna observación que descalifique el trabajo.

Conforme al mismo autor, por lo menos otros diez párrafos que abarcan alrededor de ocho páginas completas, fueron aparentemente plagiados por la fiscal y autorizados por la UNAM y sus académicos.

En cuanto a las ideas de Thoenig que fueron presuntamente robadas, destaca el párrafo de la página 53 de la tesis, palabras que la fiscal transcribió exactamente del texto "Política pública y acción pública".

Lee también

El 8 de enero es la última oportunidad de Ernestina Godoy para continuar al frente de la FGJCDMX

Jorge Aguilar
Acusan a Ernestina Godoy de plagiar su tesis universitaria

En su trabajo de titulación, se lee: "el  enfoque a través de la política pública se interesa también en dos cuestiones y elabora en consecuencia los instrumentos analíticos para abordarlas. Una de ellas es el de las modalidades de la intervención pública, dicho enfoque clasifica los tipos de política pública y se sintetizan en la bien conocida tipología elaborada por Theodor Lowi y Robert Salisbury; en la que exponen cuatro categorías: reglamentaria, distributiva, redistributiva y constitutiva-, se divide en función del grado de coerción que el Estado ejerce sobre los sujetos. La otra cuestión se refiere al inventario de actividades que despliega el poder público para ocuparse de sus programas y Charles Jones propone un sistema de interpretación que permite descomponer analíticamente el trabajo político y administrativo en cinco categorías".

Acusan a Ernestina Godoy de plagiar su tesis universitaria

Ideas de Thoenig que fueron presuntamente robadas del texto "Política pública y acción pública".

Latinus

También, en la página 54 de a tesis, la titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) llenó el espacio con citas avaladas como propias, por ejemplo: 

"El estatocentralismo da preferencia al estudio de la toma de decisiones, de la puesta en práctica y de la evaluación. En otras palabras, existe el riesgo de que la autoridad pública sea el único o el principal actor de una sociedad que pueda etiquetar y, por ende, abandonar los problemas colectivos, construir la categoría de lo que es público y lo que pertenece a lo privado", copia de la página 26 del artículo de Thoenig.

"La ciencia política, en efecto, fue históricamente el impulso de creación del enfoque de la política pública, mucho más que la sociología. Una de las principales razones de ello se relaciona con el modo de cuestionamiento que la constituye, en su núcleo fundamental, en cuanto comunidad científica; esto es, se interesa en las condiciones que hace posible, legítima y eficaz la acción pública. Su problema es el poder público; la sociedad y su medio ambiente", plagio del mismo artículo.

La fiscal insiste en que la UNAM avaló veracidad de su tesis

A pesar de las pruebas y documentación presentados por el medio de comunicación digital, Ernestina Godoy recalcó que la UNAM fue la responsable de revisar su trabajo de titulación y con ello, emitir su título universitario como abogada, además, nombró como absurda y falsa, la investigación del reportero Guillermo Sheridan.

Además, señaló que la publicación tiene que ver con entorpecer el proceso en el que se decidirá si es ratificada como fiscal capitalina, situación en la que según ella, "canallas, perversos" que son manipulados por los partidos políticos de derecha que afectan su buen nombre. Igualmente, reveló que emprenderá acciones legales para defenderse de las presuntas calumnias emitidas por Latinus.

"Buscan de forma grotesca y burda descalificar mi imagen, mi tesis fue calificada y aprobada por diversos sinodales de la Facultad de Derecho, con el soporte del asesor. Llama la atención que a veinte años que la misma fue autorizada y a cinco años de mi gestión, surja una falaz y malintencionada versión que sugiere que fue plagiada", sostuvo.

"El escrito de dicha persona (Sheridan) son totalmente falsos, están acostumbrados a denigrar la dignidad y el buen nombre de las personas, en ésta ocasión me tocó a mí, con tal de evitar que sus intereses oscuros se vean afectados, se vean afectados".

La UNAM no tiene responsabilidad en verificar el plagio: académico

Crónica consultó a un docente de la institución referida, con experiencia en dirigir trabajos de titulación, para verificar la veracidad del dicho de Godoy, en el cual le otorga la única responsabilidad a la UNAM de autorizar su trabajo con aparentes fallas; hacia ello, el académico reveló que la escuela, los asesores y sinodales, no tienen la obligación de examinar las fuentes de los textos que el alumno plasman en las tesis, pues la institución, al fungir como un canal de transmisión de los trabajos, el autor es el único culpable en caso de incurrir en plagio.

"Existe una corresponsabilidad entre la Universidad, los sinodales y el autor, pero al ubicarlo en cuestiones legales, toda la responsabilidad de uso indebido de material es del autor de la tesis porque es único de todos los involucrados que está plenamente consciente de que tomó un texto sin citarlo", reveló el profesor Jorge Quintero.

"Existen miles de libros de consulta, incluso en otros idiomas, entonces como sinodal, estás obligado a revisar que esté bien escrito, pero no de corroborar si hubo plagio al desconocer la fuente, el libro o el autor".

Además, el profesor compartió que existen infracciones jurídicas cuando un deseoso de obtener un título universitario oculta que utilizó información documental sin el conocimiento de los demás involucrados, mientras transcurre el trámite de titulación.

"Todo el peso cae sobre ella porque además incurre en el delito de abuso de confianza con los sinodales, porque no solamente engañó a la Universidad, también a los sinodales. Es totalmente culpable, no hay alguna justificación", dijo el docente.

Además, la fiscal violaría el Código de Ética de la Universidad, documento que ubica a la integridad y la honestidad académica como principios universitarios, valores que como integrantes de la Comunidad Universitaria se deben mantener al citar las fuentes de ideas, textos, imágenes, gráficos u obras artísticas que se empleen en el trabajo universitario y no sustraer o tomar la información generada por otros o por sí mismo sin señalar la cita correspondiente u obtener su consentimiento y acuerdo. 

Asimismo, abarca no falsificar, alterar, manipular, fabricar, inventar o fingir la autenticidad de datos, resultados, imágenes o información en los trabajos académicos, proyectos de investigación, exámenes, ensayos, informes, reportes, tesis, audiencias, procedimientos de orden disciplinario o en cualquier documento inherente a la vida académica universitaria.